Escribo este post para que a nadie le pase lo mismo que a mí. Escribo desde Barcelona e ignoro si estas cosas funcionan de distinto modo en otras comunidades o poblaciones.
Resulta que hasta hace poco, si te ponían una multa sin pararte, por ejemplo por un exceso de velocidad captado por un radar-cámara, primero te llegaba una carta para que identifiques al conductor en ese momento. Te incluía la foto, la fecha y hora y el lugar de la infracción. Si eres el propietario del vehículo pero el conductor era otro podías comunicarlo y la multa se la mandaban al conductor.
Lo importante es que decía que en caso de no identificar a ningún conductor en el plazo de X dias se entendía que tú el propietario eras el conductor y te mandaban la multa a ti. El importe de la multa tenía una bonificación del 50% si la pagas en plazo.
Pues bien, eso ha cambiado. En Diciembre me llegó una pre-multa por exceso de velocidad con mi CRV, que había sucedido en Agosto (pa cagarse con el retraso pero bueno...). La carta para que identificara al conductor en un plazo de X dias. Acostumbrado al procedimiento que había hecho siempre, pasé de identificar a ningún conductor, asumiendo que había sido yo, y me dispuse a simplemente esperar a que me llegara la multa, que por experiencia estimé que sería de 100€ con una bonificación del 50% = tendría que pagar 50€ (me hicieron la foto a 92 km/h en zona de 80).
Esta semana me llega nueva carta de tráfico, pienso, es la multa esa, la abro y, sorpresa, es una multa de 300€ sin posibilidad de bonificación !!!
Total que busco la carta de Diciembre y me leo la letra pequeña, y veo que habían cambiado y ponía que "no identificar al conductor se multará, en caso de infracción grave, con el doble del importe de la multa, y en caso de infracción muy grave, con el triple del importe de la multa. Éstas sanciones no dispondrán de bonificaciones". Mi exceso de velocidad se consideraba "muy grave" (pa cagarse también...) así que 100€ x 3 = 300 euracos.
O sea que ahora hay que identificar al conductor SIEMPRE, aunque fueras tú mismo el propietario. De lo contrario de meten un puro del doble o triple de la sanción ordinaria, y sin bonificación posible.
Tenedlo en cuenta.
Editado por Gerinski, 09 febrero 2019 - 12:40:21.