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Restyling del Accord 8ª generación


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40 respuestas en este tema

#21 jenofonte

jenofonte

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Escrito 27 January 2011 - 20:34:12

Yo en el primer flashazo de esa foto del tourer que habéis puesto he visto un Avensis Wagon...


... no me ha gustado especialmente, habrá que ver más fotos.


Eso sí, mejor que el passat nuevo, desde luego. Hoy había aparcado al lado del mío un passat variant de los nuevos y da la impresión de "poco coche". Aburriiiiiiiiiiiiiiiido, muy aburrido. No me ha gustado ná de ná...

#22 Porquesí

Porquesí

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Escrito 28 January 2011 - 11:56:17

Acierto.Los faros de posición me gustan más en blanco.
Deacuerdo que me recuerda al 7 restyling.
Muy mal no incluir luz diurna. Prefiero esta luz a los bixenon. Si tuviera ya la luz diurna ,los bixenon los entendería como la guinda, pero primero luz diurna.
Me parece en principio un restyling “Light”comparado con el que tuvo el 7.
Curiosidad por saber:
Si además de los cambios anunciados se producirán mejoras que limen algún pequeño fallo causado por la novedad del chasis o el interior.(No digo que los tenga ,digo léase “Volkswagen, las verdades del barquero” que todo lo nuevo necesita su rodaje).
Si hay posibles mejoras mecánicas que signifiquen un plus añadido significativo al restyling. Por ejemplo del Tipo : Cambio por levas con unas prestaciones deportivas menos burguesas aprovechando la mejora de potencia en el i-detec 180cv.

saaaaaaaaaaaalllllllllllllllluuuuuuuuuuuuudddddddddddddooooooooooooosssssssss

#23 Corocotta

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Escrito 28 January 2011 - 13:10:16

Me cuesta creer que no lleve luz diurna...

#24 'angel2.4i-vtec'

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Escrito 28 January 2011 - 13:15:01

Yo no se que fijación teneis con las luces diurnas si no sirven para nada, cuando obliguen a llevar las luces encendidas ttodo el día tendreis que poner las de cruce aunque vuestro coche monte luces diurnas.

Por cierto, nadie prohibe llevar encendidas las luces de posición todo el día y no se diferencian a las diurnas que montan la mayoría de coches exceptuando las super fashion de audi.

#25 tom_friendly

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Escrito 28 January 2011 - 15:07:10

Hola a todos:

Hace días que no corría por el foro. Entro para ver que tal y ZAS....................:lloro: el Mazinger se me ha hecho viejo de golpe.


No entro mas ...... ala......


Yo también he tenido la misma sensación...además como monten opticas con AFS me da algo...

#26 Mrxkr

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Escrito 28 January 2011 - 16:53:30

Yo no se que fijación teneis con las luces diurnas si no sirven para nada, cuando obliguen a llevar las luces encendidas ttodo el día tendreis que poner las de cruce aunque vuestro coche monte luces diurnas.

Por cierto, nadie prohibe llevar encendidas las luces de posición todo el día y no se diferencian a las diurnas que montan la mayoría de coches exceptuando las super fashion de audi.


Si está prohibido, la web luz 24 horas lo indica: "la luz de posición sólo será usada con el coche aparcado en el arcén fuera de poblado y debe ser usado SOLO en conjunción con otra iluminación" (referida a los antinieblas o la luz de cruce); aparte de que la luz de posición emite apenas unos 30 lumens, en contra de la luz diurna, que parte de 200 lumens hasta poder superar los 900 lumens.

No os penseis que la luz de posición sustituye a la luz diurna, es un error muy típico pensarlo, la luz de posición no se ve un pimiento, y de día no pasa de ser un punto imperceptible.

Yo ya estoy pensando en cambiar la luz de posición y convertirla en luz diurna usando LEDs de alta potencia, igual que hice en su día con los faros de mi antiguo coche.

Una de las pruebas fué esta:

Imagen Enviada

Y eso ilumina bastante más que la luz de posición ;), de hecho, no me vi usando esta tremenda luz en los faros, podría deslumbrar, así que decidí sustituir este pedazo de LED por CREE Q5, que están en los 200 lumens cada uno, y con unos lanzados a 300mA tendría un sustituto ideal.

Se me va la pinza hablando de estas cosas, tenía que hacerlo en otro hilo, lo que venía a comentar es que la luz diurna estaría muy bien que la llevase el coche de serie, pero a ver si ponen luz diurna halógena como ponen en muchos modelos básicos y nos quedamos con las ganas, para eso prefiero modificar yo el faro para convertirlo.

Saludos.

#27 Glober

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Escrito 28 January 2011 - 17:24:54

hombre, yo no es que esté muy enterado, pero creo que las luces de día, además de obligatorias en breve para coches de nueva producción, si sustituyen a las luces de cruce para hacerse ver de día.

El tema está que como no lleve luces de día y tengamos que llevar todo el día los xenon encendidos, se desgastarán mucho antes, y el coste de esto creo yo que no será barato precisamente.

#28 'angel2.4i-vtec'

'angel2.4i-vtec'
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Escrito 28 January 2011 - 17:48:29

Si está prohibido, la web luz 24 horas lo indica: "la luz de posición sólo será usada con el coche aparcado en el arcén fuera de poblado y debe ser usado SOLO en conjunción con otra iluminación" (referida a los antinieblas o la luz de cruce); aparte de que la luz de posición emite apenas unos 30 lumens, en contra de la luz diurna, que parte de 200 lumens hasta poder superar los 900 lumens.

No os penseis que la luz de posición sustituye a la luz diurna, es un error muy típico pensarlo, la luz de posición no se ve un pimiento, y de día no pasa de ser un punto imperceptible.

Yo ya estoy pensando en cambiar la luz de posición y convertirla en luz diurna usando LEDs de alta potencia, igual que hice en su día con los faros de mi antiguo coche.

Una de las pruebas fué esta:

Imagen Enviada

Y eso ilumina bastante más que la luz de posición ;), de hecho, no me vi usando esta tremenda luz en los faros, podría deslumbrar, así que decidí sustituir este pedazo de LED por CREE Q5, que están en los 200 lumens cada uno, y con unos lanzados a 300mA tendría un sustituto ideal.

Se me va la pinza hablando de estas cosas, tenía que hacerlo en otro hilo, lo que venía a comentar es que la luz diurna estaría muy bien que la llevase el coche de serie, pero a ver si ponen luz diurna halógena como ponen en muchos modelos básicos y nos quedamos con las ganas, para eso prefiero modificar yo el faro para convertirlo.

Saludos.



No te creas todo lo que leas en internet, lo que dice la ley es esto y en ningún sitio prohibe llevar encendidas las de posición al igual que las de cruce:


"CAPÍTULO X.
UTILIZACIÓN DEL ALUMBRADO.


SECCIÓN I. USO OBLIGATORIO DEL ALUMBRADO.
Artículo 98. Normas generales.

1. Todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal Túnel (S-5) deben llevar encendido el alumbrado que corresponda de acuerdo con lo que se determina en esta sección.

2. La regulación de los sistemas de alumbrado que no estén prohibidos, o en todo lo que no esté expresamente previsto en este capítulo o en otros preceptos de este Reglamento, se ajustará a lo dispuesto en las normas reguladoras de los vehículos.

3. Las bicicletas, además, estarán dotadas de los elementos reflectantes que, debidamente homologados, se determinan en el Reglamento General de Vehículos.

Cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, los conductores de bicicletas llevarán, además, colocada alguna prenda reflectante que permita a los conductores y demás usuarios distinguirlos a una distancia de 150 metros, si circulan por vía interurbana.

Artículo 99. Alumbrados de posición y de gálibo.

1. Todo vehículo que circule entre el ocaso y la salida del sol o bajo las condiciones a las que se refiere el artículo 106 y en el paso por túneles, pasos inferiores o tramos de vías afectados por la señal Túnel (S-5) deberá llevar encendidas las luces de posición y, si la anchura del vehículo excede de 2,10 metros, también la de gálibo.

2. La circulación sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de visibilidad tendrá la consideración de infracción grave, conforme se prevé en el artículo 65.4.e del texto articulado.

Artículo 100. Alumbrado de largo alcance o carretera.

1. Todo vehículo equipado con luz de largo alcance o carretera que circule a más de 40 kilómetros por hora, entre el ocaso y la salida del sol, fuera de poblado, por vías insuficientemente iluminadas o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal Túnel (S-5) insuficientemente iluminados, la llevará encendida, excepto cuando haya de utilizarse la de corto alcance o de cruce, de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 102, especialmente para evitar los deslumbramientos.

La luz de largo alcance o de carretera podrá utilizarse aisladamente o con la de corto alcance.

2. Se prohíbe la utilización de la luz de largo alcance o de carretera siempre que el vehículo se encuentre parado o estacionado, así como el empleo alternativo, en forma de destellos de la luz de largo alcance o de carretera y de la luz de corto alcance o de cruce, con finalidades distintas a las previstas en este Reglamento.

3. Se entiende por vía insuficientemente iluminada aquella en la que, con vista normal, en algún punto de su calzada, no pueda leerse la placa de matrícula a 10 metros o no se distinga un vehículo pintado de oscuro a 50 metros de distancia.

4. Los supuestos de circulación en los que se produzca deslumbramiento al resto de los usuarios de la vía y de circulación sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de visibilidad tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.e del texto articulado.

Artículo 101. Alumbrado de corto alcance o de cruce.

1. Todo vehículo de motor y ciclomotor que circule entre el ocaso y la salida del sol por vías urbanas o interurbanas suficientemente iluminadas, o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal Túnel (S-5) suficientemente iluminados, llevará encendido, además del alumbrado de posición, el alumbrado de corto alcance o de cruce.

Igualmente, llevará encendido dicho alumbrado en los poblados, cuando la vía esté insuficientemente iluminada.

2. Todo vehículo de motor y ciclomotor debe llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce al circular entre el ocaso y la salida del sol por vías interurbanas insuficientemente iluminadas o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y demás tramos afectados por la señal de Túnel insuficientemente iluminados, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • No disponer de alumbrado de largo alcance.
  • Circular a velocidad no superior a 40 kilómetros por hora y no estar utilizando el alumbrado de largo alcance.
  • Posibilidad de producir deslumbramiento a otros usuarios de la vía pública.
3. Los supuestos de circulación en los que se produzca deslumbramiento al resto de los usuarios de la vía y de circulación sin alumbrado en situación de falta o disminución de visibilidad tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.e del texto articulado.

Artículo 102. Deslumbramiento.

1. El alumbrado de largo alcance o de carretera deberá ser sustituido por el de corto alcance o de cruce tan pronto como se aprecie la posibilidad de producir deslumbramiento a otros usuarios de la misma vía o de cualquier otra vía de comunicación, y muy especialmente a los conductores de vehículos que circulen en sentido contrario y aunque éstos no cumplan esta prescripción, y no se restablecerá el alumbrado de carretera hasta rebasar, en el cruce, la posición del vehículo cruzado.

2. La misma precaución se guardará respecto a los vehículos que circulen en el mismo sentido y cuyos conductores puedan ser deslumbrados a través del espejo retrovisor.

3. En caso de deslumbramiento, el conductor que lo sufra reducirá la velocidad lo necesario, incluso hasta la detención total, para evitar el alcance de vehículos o peatones que circulen en el mismo sentido.

4. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.e del texto articulado.

Artículo 103. Alumbrado de placa de matricula.

Todo vehículo que se encuentre en las circunstancias aludidas en los artículos 99 ó 106 debe llevar siempre iluminada la placa posterior de matrícula y, en su caso, las otras placas o distintivos iluminados de los que reglamentariamente haya de estar dotado, teniendo en cuenta sus características o el servicio que preste.

Artículo 104. Uso del alumbrado durante el día.

Deberán llevar encendida durante el día la luz de corto alcance o cruce:

  • Las motocicletas que circulen por cualquier vía objeto de la legislación sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.
  • Todos los vehículos que circulen por un carril reversible, por un carril adicional circunstancial o por un carril habilitado para circular en sentido contrario al normalmente utilizado en la calzada donde se encuentre situado, bien sea un carril que les esté exclusivamente reservado, bien esté abierto excepcionalmente a la circulación en dicho sentido, así como aquellos obligados en virtud de lo establecido en los artículos 41 y 42.
Artículo 105. Inmovilizaciones.

1. Todo vehículo que, por cualquier circunstancia, se encuentre inmovilizado entre la puesta y la salida del sol o bajo las condiciones a que se refiere el artículo 106, en calzada o arcén de una vía, deberá tener encendidas las luces de posición y, en su caso, las de gálibo.

2. Todo vehículo parado o estacionado entre la puesta y la salida del sol en calzada o arcén de una travesía insuficientemente iluminada deberá tener encendidas las luces de posición, que podrá sustituir por las de estacionamiento, o por las dos de posición del lado correspondiente a la calzada, cuando se halle estacionado en línea.

3. En vías urbanas que no sean travesías no será obligatorio que los vehículos estacionados tengan encendidas las luces de posición cuando la iluminación permita a otros usuarios distinguirlos a una distancia suficiente.

4. La inmovilización, la parada o el estacionamiento de un vehículo sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de visibilidad tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.e del texto articulado.


SECCIÓN II. SUPUESTOS ESPECIALES DE ALUMBRADO.
Artículo 106. Condiciones que disminuyen la visibilidad.

1. También será obligatorio utilizar el alumbrado cuando existan condiciones meteorológicas o ambientales que disminuyan sensiblemente la visibilidad, como en caso de niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de humo o de polvo o cualquier otra circunstancia análoga (artículo 43 del texto articulado).

2. En los casos a que se refiere el apartado anterior deberá utilizarse la luz antiniebla delantera o la luz de corto o largo alcance.

La luz antiniebla delantera puede utilizarse aislada o simultáneamente con la de corto alcance o, incluso, con la de largo alcance.

La luz antiniebla delantera sólo podrá utilizarse en dichos casos o en tramos de vías estrechas con muchas curvas, entendiéndose por tales las que, teniendo una calzada de 6,50 metros de anchura o inferior, estén señalizadas con señales que indiquen una sucesión de curvas próximas entre sí, reguladas en el artículo 149.

La luz antiniebla trasera solamente deberá llevarse encendida cuando las condiciones meteorológicas o ambientales sean especialmente desfavorables, como en caso de niebla espesa, lluvia muy intensa, fuerte nevada o nubes densas de polvo o humo.

3. El hecho de circular sin alumbrado en situaciones de falta o disminución de la visibilidad tendrá la consideración de infracción grave, conforme se prevé en el artículo 65.4.e del texto articulado.

Artículo 107. Inutilización o avería del alumbrado.

Si, por inutilización o avería irreparable en ruta del alumbrado correspondiente, se hubiera de circular con alumbrado de intensidad inferior, se deberá reducir la velocidad hasta la que permita la detención del vehículo dentro de la zona iluminada."


Y las luces de día no sustituyen a las de cruce y posición puesto que solo se montan delante.

Editado por angel2.4i-vtec, 28 January 2011 - 17:49:59.


#29 Pepillo

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Escrito 28 January 2011 - 18:03:16

Deacuerdo que me recuerda al 7 restyling.


Yo también he pensado lo mismo al ver las fotos, me recuerda más al 7 que el anterior.

Saludos

#30 anthel10

anthel10

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Escrito 28 January 2011 - 18:22:37

Me vuelvo a repetir: un buen brico para los 8ª seria añadir unas luces de día al lado de los antinieblas, al estilo de los mercedes....y bien podria ser con luz halógena o tipo led ó ver si Honda saca algún accesorio al respecto.
Pero yo, antes que ir todo el día con el xenon encendido (salvo que fuera obligatorio) prefiero añadir unas luces de día homologadas....ya se vera.

#31 AnxKarbon

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Escrito 28 January 2011 - 20:06:44

Las luces de apoyo están integradas en el mismo faro, se encienden al activar los intermitentes, al girar más de 90º el volante y al engranar marcha atrás. Para mí una mejora importante junto con la mejor insonorización y el nuevo ajuste de los amortiguadoeres.
Lástima que se me hace muy grande pero es un pedazo de carro.

#32 jenofonte

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Escrito 28 January 2011 - 21:13:33

Para mí no hay cosa más absurda y más antiestética que los antinieblas encendiéndose al girar el volante, encendiéndose uno, apagándose el otro, etc.

Parece que llevas uno fundido, aparte de que no le veo la utilidad. Que lleves los antinieblas y al girar en una curva giren y enfoquen allí, pues vale, pero que se empiecen a apagar y a encender, lo veo absurdo, aparte de limitar su vida útil con tanto enciende-apaga.

#33 Sevilla21stFilth

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Escrito 28 January 2011 - 21:42:26

Para mí no hay cosa más absurda y más antiestética que los antinieblas encendiéndose al girar el volante, encendiéndose uno, apagándose el otro, etc.

Parece que llevas uno fundido, aparte de que no le veo la utilidad. Que lleves los antinieblas y al girar en una curva giren y enfoquen allí, pues vale, pero que se empiecen a apagar y a encender, lo veo absurdo, aparte de limitar su vida útil con tanto enciende-apaga.



pienso lo mismo. Cada vez que lo veo en los audi y volkswagen más nuevos me resulta un poco absurdo.

Saludos.

#34 Mrxkr

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Escrito 28 January 2011 - 22:10:44

No te creas todo lo que leas en internet, lo que dice la ley es esto y en ningún sitio prohibe llevar encendidas las de posición al igual que las de cruce:

.........

Y las luces de día no sustituyen a las de cruce y posición puesto que solo se montan delante.


Es posible que así sea, puedes tener razón en que no esté prohibido, pero lo que digo que usar la luz de posición de día no vale para sustituir la luz diurna.

Gracias por la puntualización documentada!

#35 'angel2.4i-vtec'

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Escrito 29 January 2011 - 12:50:55

Para mí no hay cosa más absurda y más antiestética que los antinieblas encendiéndose al girar el volante, encendiéndose uno, apagándose el otro, etc.

Parece que llevas uno fundido, aparte de que no le veo la utilidad. Que lleves los antinieblas y al girar en una curva giren y enfoquen allí, pues vale, pero que se empiecen a apagar y a encender, lo veo absurdo, aparte de limitar su vida útil con tanto enciende-apaga.


Pienso lo mismo, utilidad 0, inconvenientes varios (fundir bombillas, producir deslumbramiento...) y personalmente las considero fuera de la ley puesto que las luces antiniebla como viene determinado en la ley tienen un uso determinado y restringido.

Es posible que así sea, puedes tener razón en que no esté prohibido, pero lo que digo que usar la luz de posición de día no vale para sustituir la luz diurna.

Gracias por la puntualización documentada!


Eso sí, pero yo estoy en contra del uso de las luces durante el día, ya que según las estadísticas reducen la visibilidad de las motos aumentando su siniestralidad, solo deberían regular su uso en vías interurbanas de doble sentido.

#36 Mrxkr

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Escrito 29 January 2011 - 13:42:01

Pienso lo mismo, utilidad 0, inconvenientes varios (fundir bombillas, producir deslumbramiento...) y personalmente las considero fuera de la ley puesto que las luces antiniebla como viene determinado en la ley tienen un uso determinado y restringido.

Eso sí, pero yo estoy en contra del uso de las luces durante el día, ya que según las estadísticas reducen la visibilidad de las motos aumentando su siniestralidad, solo deberían regular su uso en vías interurbanas de doble sentido.


En lo primero estoy de acuerdo. En lo segundo no. Hemos tenido discusiones sobre esto en otros foros, y si quieres continuar la discusión en algún hilo existente (no se si lo hay) o crear uno nuevo, sería lo ideal; y si se nombran algunas estadísticas, debería mostrarse la fuente; yo desconozo esa estadística.

En cualquier caso, yo defiendo que lo que deberían hacer es que las motos también estuviesen obligadas a llevar luz diurna, igual idéntica que la de los coches. Así no habría medio diferenciador, algo que carecería de sentido, lo que importa es ver que un vehículo está en nuestras inmediaciones. Hay gente que dice que las motos "hay que diferenciarlas", pero bajo mi opinión, carece de sentido. Una moto es un vehículo igual que cualquier otro, que tiene el elemento diferenciador de ser (habitualmente) más pequeño que un coche y que es más vulnerable, pero a la hora de hacer una maniobra no debería afectarte conocer si es moto o coche; es más, si piensas que es un coche mejor, más distancia salvarás.

Saludos!

#37 'angel2.4i-vtec'

'angel2.4i-vtec'
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Escrito 29 January 2011 - 14:35:00

En lo primero estoy de acuerdo. En lo segundo no. Hemos tenido discusiones sobre esto en otros foros, y si quieres continuar la discusión en algún hilo existente (no se si lo hay) o crear uno nuevo, sería lo ideal; y si se nombran algunas estadísticas, debería mostrarse la fuente; yo desconozo esa estadística.

En cualquier caso, yo defiendo que lo que deberían hacer es que las motos también estuviesen obligadas a llevar luz diurna, igual idéntica que la de los coches. Así no habría medio diferenciador, algo que carecería de sentido, lo que importa es ver que un vehículo está en nuestras inmediaciones. Hay gente que dice que las motos "hay que diferenciarlas", pero bajo mi opinión, carece de sentido. Una moto es un vehículo igual que cualquier otro, que tiene el elemento diferenciador de ser (habitualmente) más pequeño que un coche y que es más vulnerable, pero a la hora de hacer una maniobra no debería afectarte conocer si es moto o coche; es más, si piensas que es un coche mejor, más distancia salvarás.

Saludos!



Bueno zanjemos el tema puesto que no es el del hilo, aquí tienes la fuente: http://www.airelibre...icia.asp?id=484

Y respecto a las motos, ya están obligadas a llevar las de cruce por lo que sería igual de absurdo que montasen las diurnas, como lo será en los coches cuando estén obligados a llevar las de cruce.

Un saludo.

Editado por angel2.4i-vtec, 29 January 2011 - 14:36:20.


#38 AnxKarbon

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Escrito 30 January 2011 - 01:56:25

Para mí no hay cosa más absurda y más antiestética que los antinieblas encendiéndose al girar el volante, encendiéndose uno, apagándose el otro, etc.

Parece que llevas uno fundido, aparte de que no le veo la utilidad. Que lleves los antinieblas y al girar en una curva giren y enfoquen allí, pues vale, pero que se empiecen a apagar y a encender, lo veo absurdo, aparte de limitar su vida útil con tanto enciende-apaga.


No se quien ha dicho lo de los antinieblas pero yo entiendo que van en el exterior del faro, por eso ya no es naranja.
Comunicado Honda:
Active Cornering Lights

One of the most visible changes to the top of the range Accords is the addition of Active Cornering Lights, which provide enhanced illumination when the vehicle is turning. Additional lights units have been subtly integrated into the existing lights units, casting all of their light to the side of the vehicle to help the driver in low visibility conditions. The light unit on the relevant side will be illuminated when the driver activates the indicators in that direction or turns the steering wheel more than 90 degrees. When the vehicle is in reverse, both lights will be activated to give a good view to either side of the driver.

#39 derek062

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Escrito 30 January 2011 - 05:48:44

Sigo prefiriendo el morro de mi 7ª...

#40 jaime

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Escrito 30 January 2011 - 07:42:15

Bonito el coche...a ver a que precio lo ponen porque ahora ya no es barato para nada.....sabeis si estan haciendo descuentos de algun tipo?




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