
Garantía 2+3 años
#1
Escrito 11 octubre 2011 - 09:27:40
mi CRV tiene garantía de 2+3 años. Tiene 2 años y 2 meses y tengo que pasar la revisión de los 80.000 kms. No se si hacerla en Honda y que me claven un rejón por ella, o hacerla por mi cuenta, perdiendo los 3 años adicionales de garantía.
¿Sabe alguien qué cubre realmente esos tres años de garantía adicional?? Tengo entendido que es mínimo lo que te cubre.
Gracias
#2
Escrito 11 octubre 2011 - 11:47:02
Por tanto, haz esta revisión de forma que no pierdas la garantía de fábrica, que es la buena, bien en taller oficial o en otro que te haga la revisión adecuada.
#3
Escrito 11 octubre 2011 - 13:00:22
No es 2+3 sino 3+2. quiero decir que la garantía oficial de fábrica es de 3 años y la ampliación de otros dos años.
Por tanto, haz esta revisión de forma que no pierdas la garantía de fábrica, que es la buena, bien en taller oficial o en otro que te haga la revisión adecuada.
ERRRRRRORRRRRR
Año 1 y 2: Garantía Legal (establecida por la Ley de consumidores y usuarios). No se pierde siempre que pasese las revisiones en un taller autorizado (o sea, no tiene que ser un taller vinculado a una concesión HONDA, pero no puede ser en el caraje de tu cuñao el apañao).
Años 3, 4 y 5. Garantía Comercial ADICIONAL
Año 3: Garantía ADICIONAL (consúltese la Ley de Consumidores). Es la establecida voluntariamente por el fabricante de acuerdo con las condiciones que él establezca de forma contractual. En este caso HONDA CONCEDE ESTA GARANTÍA ADICIONAL siempre que TODO EL MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO SE HAYA REALIZADO -desde su adquisición- EN CONCESIÓN O TALLER VINCULADO A CONCESIÓN OFICIAL. Es una garantía Contractual por tanto, pero sujeta a condición. En Honda incluye prácticamente LAS MISMAS COBERTURAS QUE LA garantía LEGAL y la presta LA PROPIA MARCA.
Años 4 y 5: Garantía extendida. Se trata de una garantía voluntaria de naturaleza contractual que la marca concede pero limitándola en nuestro caso (Honda) a determinados componentes. En realidad es una garantía extendida en el tiempo pero REDUCIDA en cuanto a componentes. Al ser contractual, igualmente, el fabricante la condiciona, a que TODO EL MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO SE HAYA REALIZADO -desde su adquisición- EN CONCESIÓN O TALLER VINCULADO A CONCESIÓN OFICIAL. ESTA GARANTÍA PUEDE HABERSE CONCERTADO por el fabricante a través de un SEGURO DE AVERÍAS ( ES EL CASO DE HONDA).
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS Y OTRAS LEYES COMPLEMENTARIAS
Artículo 125. Garantía comercial adicional.
1. La garantía comercial es aquella que puede ofrecerse adicionalmente con carácter voluntario y obligará a quien figure como garante en las condiciones establecidas en el documento de garantía y en la correspondiente publicidad.
2. La garantía comercial deberá formalizarse, al menos en castellano, y, a petición del consumidor y usuario, por escrito o en cualquier otro soporte duradero y directamente disponible para el consumidor y usuario, que sea accesible a éste y acorde con la técnica de comunicación empleada.
3. La garantía expresará necesariamente:4. La acción para reclamar el cumplimiento de lo dispuesto en la garantía comercial adicional prescribirá a los seis meses desde la finalización del plazo de garantía.
- El bien o servicio sobre el que recaiga la garantía.
- El nombre y dirección del garante.
- Que la garantía no afecta a los derechos legales del consumidor y usuario ante la falta de conformidad de los productos con el contrato.
- Los derechos, adicionales a los legales, que se conceden al consumidor y usuario como titular de la garantía.
- El plazo de duración de la garantía y su alcance territorial.
- Las vías de reclamación de que dispone el consumidor y usuario.
Artículo 126. Productos de naturaleza duradera.
En los productos de naturaleza duradera deberá entregarse en todo caso al consumidor, formalizada por escrito o en cualquier soporte duradero aceptado por el consumidor y usuario, y con el contenido mínimo previsto en el artículo anterior, la garantía comercial, en la que constará expresamente los derechos que este título concede al consumidor y usuario ante la falta de conformidad con el contrato y que éstos son independientes y compatibles con la garantía comercial.
Artículo 127. Reparación y servicios posventa.
1. En los productos de naturaleza duradera, el consumidor y usuario tendrá derecho a un adecuado servicio técnico y a la existencia de repuestos durante el plazo mínimo de cinco años a partir de la fecha en que el producto deje de fabricarse.
2. Queda prohibido incrementar los precios de los repuestos al aplicarlos en las reparaciones y cargar por mano de obra, traslado o visita cantidades superiores a los costes medios estimados en cada sector, debiendo diferenciarse en la factura los distintos conceptos. La lista de precios de los repuestos deberá estar a disposición del público.
3. La acción o derecho de recuperación de los productos entregados por el consumidor y usuario al empresario para su reparación prescribirá a los tres años a partir del momento de la entrega. Reglamentariamente, se establecerán los datos que deberá hacer constar el empresario en el momento en que se le entrega un objeto para su reparación y las formas en que podrá acreditarse la mencionada entrega.
#4
Escrito 12 octubre 2011 - 16:02:19
Yo no he tenido ampliación de garantía a 5 años, pero la extensión que me ofrecieron fué de 3 a 5 años. Por eso no sabía que la del tercer año ya era ampliacion.
En cualquier caso la garantía de los dos últimos años es bastante más escasa de coberturas.
Antes de finalizar el tercero me cambiaron la batería porque empezaba a estar floja. No creo que esto entre en la adicional.
#5
Escrito 12 octubre 2011 - 19:35:26
A mi en el 5 año que ya empeze me van a cambiar un palier en garantia, eso si es un proceso mas lento y no depende de Honda conceder esas garantias, ahora bien yo contrate con Honda la extension si ellos lo subcontratan a un tercero no deberia ser nuestro problema en el caso de que nos denegaran algoVeo que el Yayo está muy bien informado. Gracias por la aclaración, aunque mi respuesta no es errónea y lo voy a argumentar.
Yo no he tenido ampliación de garantía a 5 años, pero la extensión que me ofrecieron fué de 3 a 5 años. Por eso no sabía que la del tercer año ya era ampliacion.
En cualquier caso la garantía de los dos últimos años es bastante más escasa de coberturas.
Antes de finalizar el tercero me cambiaron la batería porque empezaba a estar floja. No creo que esto entre en la adicional.
Un saludo
#6
Escrito 12 octubre 2011 - 22:58:38

Veo que el Yayo está muy bien informado. Gracias por la aclaración, aunque mi respuesta no es errónea y lo voy a argumentar.
Yo no he tenido ampliación de garantía a 5 años, pero la extensión que me ofrecieron fué de 3 a 5 años. Por eso no sabía que la del tercer año ya era ampliacion.
En cualquier caso la garantía de los dos últimos años es bastante más escasa de coberturas.
Antes de finalizar el tercero me cambiaron la batería porque empezaba a estar floja. No creo que esto entre en la adicional.
La ampliación de garantía del 4º y 5º año de que hablas es distinta a la del 3º. Lo tienes antes detallado. Verás: la del 3er año la cubre/presta Honda a través de sus concesiones y, AUNQUE VOLUNTARIA, es prácticamente igual que la del año 1 y 2. No es desde luego la legal, que en España es como sabes de DOS años (año 1 y 2). La del tercer año por tanto la ofrece dentro del precio el propio FABRICANTE, y la «extensión de garantía HONDA» (la que «venden» comercialmente, aunque ahora en muchos modelos está «incluida» en el precio) es la del 4º y 5º año, en las condiciones que antes he señalado.
La batería está incluída en la garantía durante el tercer año: en los dos primeros años por la garantía legal y en el tercero por la que ofrece el fabricante (y ya te digo que la que VOLUNTARIAMENTE ofrece fabricante EN EL TERCER AÑO es igual a la de los DOS primeros)...
De hecho si compras la batería en una concesión oficial y TE LA CAMBIAN (importante guardar la copia de apertura de la orden de reparación) es la misma, también disfrutarás de una garantía extendida sobre la misma durante el TERCER AÑO, al margen de los dos primeros, a los que Honda está obligada a cubrir por ley, por eso se llama garantía legal.
Hola,
mi CRV tiene garantía de 2+3 años. Tiene 2 años y 2 meses y tengo que pasar la revisión de los 80.000 kms. No se si hacerla en Honda y que me claven un rejón por ella, o hacerla por mi cuenta, perdiendo los 3 años adicionales de garantía.
¿Sabe alguien qué cubre realmente esos tres años de garantía adicional?? Tengo entendido que es mínimo lo que te cubre.
Gracias
.....
Por tanto, haz esta revisión de forma que no pierdas la garantía de fábrica, que es la buena, bien en taller oficial o en otro que te haga la revisión adecuada.
Pd. Lo que no debes es recomendarle al amigo que pase esa revisión fuera de la concesión porque, IPSO FACTO, pierde la garantía del tercer año, y por supuesto la del cuarto y quinto. Es una forma de ternerte fidelizado durante 4 años. Por pelotas tienes que pasar la revisión en una concesión (si tienes la garantía de los 5 años). Y digo CUATRO, porque otra cosa es que le apuntes que la última, la que se hace al final del quinto año, la pase en otro taller, porque sí, en efecto, en ese momento perdería la garantía, pero es que al día siguiente, ya de cualquier forma ésta quedaría sin efecto, pues habría transcurrido el período de los cinco años.
#7
Escrito 13 octubre 2011 - 13:55:01
¿Queréis leeros el libro de garantía de vuestro HONDA?......
Pd. Lo que no debes es recomendarle al amigo que pase esa revisión fuera de la concesión porque, IPSO FACTO, pierde la garantía del tercer año, y por supuesto la del cuarto y quinto. Es una forma de ternerte fidelizado durante 4 años. Por pelotas tienes que pasar la revisión en una concesión (si tienes la garantía de los 5 años). Y digo CUATRO, porque otra cosa es que le apuntes que la última, la que se hace al final del quinto año, la pase en otro taller, porque sí, en efecto, en ese momento perdería la garantía, pero es que al día siguiente, ya de cualquier forma ésta quedaría sin efecto, pues habría transcurrido el período de los cinco años.
Hombre, yo al amigo lo que le he recomendado precisamente es que pase la revisión en un taller oficial para que no pierda la garantía.
Le daba la alternativa de hacer la revisión adecuada en otro taller porque pensaba que el tercer año era como los dos primeros en los que por ley es tan legar como el taller oficial. En cualquier caso esa revisión en otro taller no es posible sin perder la garantía, como nos has aclarado con toda tu paciencia Yayo.
Muchas gracias.
#8
Escrito 17 octubre 2011 - 19:47:19


#9
Escrito 18 octubre 2011 - 06:56:45
Yayo
ERRRRRRORRRRRR
Año 1 y 2: Garantía Legal (establecida por la Ley de consumidores y usuarios). No se pierde siempre que pasese las revisiones en un taller autorizado (o sea, no tiene que ser un taller vinculado a una concesión HONDA, pero no puede ser en el caraje de tu cuñao el apañao).
Años 3, 4 y 5. Garantía Comercial ADICIONAL
Año 3: Garantía ADICIONAL (consúltese la Ley de Consumidores). Es la establecida voluntariamente por el fabricante de acuerdo con las condiciones que él establezca de forma contractual. En este caso HONDA CONCEDE ESTA GARANTÍA ADICIONAL siempre que TODO EL MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO SE HAYA REALIZADO -desde su adquisición- EN CONCESIÓN O TALLER VINCULADO A CONCESIÓN OFICIAL. Es una garantía Contractual por tanto, pero sujeta a condición. En Honda incluye prácticamente LAS MISMAS COBERTURAS QUE LA garantía LEGAL y la presta LA PROPIA MARCA.
Años 4 y 5: Garantía extendida. Se trata de una garantía voluntaria de naturaleza contractual que la marca concede pero limitándola en nuestro caso (Honda) a determinados componentes. En realidad es una garantía extendida en el tiempo pero REDUCIDA en cuanto a componentes. Al ser contractual, igualmente, el fabricante la condiciona, a que TODO EL MANTENIMIENTO DEL VEHÍCULO SE HAYA REALIZADO -desde su adquisición- EN CONCESIÓN O TALLER VINCULADO A CONCESIÓN OFICIAL. ESTA GARANTÍA PUEDE HABERSE CONCERTADO por el fabricante a través de un SEGURO DE AVERÍAS ( ES EL CASO DE HONDA).
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY GENERAL PARA LA DEFENSA DE LOS CONSUMIDORES Y USUARIOS Y OTRAS LEYES COMPLEMENTARIAS
, me puedes confirmar que la garantía del 4 y 5 año te la da honda y no el concesionario? o sea puedes asistir a cualquier concesionario oficial verdad?
#10
Escrito 18 octubre 2011 - 08:04:15
Yayo
, me puedes confirmar que la garantía del 4 y 5 año te la da honda y no el concesionario? o sea puedes asistir a cualquier concesionario oficial verdad?
Yo te lo confirmo, estoy en el 5 año y sin problemas en la red Honda si es cierto que los últimos 2 años Honda los subcontrata con otra empresa y los tramites son mas lentos
Un saludo
#11
Escrito 18 octubre 2011 - 17:53:25
#12
Escrito 09 octubre 2012 - 16:09:53
La contestación rotunda y sin ningún atisbo de duda por parte de la persona que me ha atendido es que se pueden pasar las revisiones en talleres no oficiales donde te sellen el libro de mantenimiento, y NO se pierde en ningún momento la garantía, ni la extensión de la garantía, con la condición de que:
- Se realice el mantenimiento tal y como estipula el libro de mantenimiento del coche y en los plazos de tiempo estipulados.
- Se utilicen recambios originales y se guarden las facturas con las referencias de los recambios utilizados para que ellos puedan comprobar que recambios son.
Al comprar mi coche me dijeron que la garantía extra de dos años era válida únicamente si se pasaban las revisiones en talleres oficiales de la marca.
Ahora ya no se si al tener firmado ese papel se pueden agarrar a eso como lapas pese a que la ley actual estipule que no es necesario pasar los talleres en concesiones oficiales para poder aplicar la garantía.
#13
Escrito 05 agosto 2017 - 13:05:02
#14
Escrito 05 agosto 2017 - 13:37:44
Nunca dicen 3 más 2.
Automáticamente dicen 5 años de garantia
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#15
Escrito 05 agosto 2017 - 13:46:13
La garantia es de 2 años, la extension de garantia hasta los 5 es una atencion comercial siempre y cuando se realizen las revisiones en concesionario oficial.
Saludos
#16
Escrito 05 agosto 2017 - 14:50:53
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#17
Escrito 05 agosto 2017 - 20:12:59
Si te dicen algo así protesta y bastante porque no tiene q ser asi
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#18
Escrito 05 agosto 2017 - 20:20:48
#19
Escrito 05 agosto 2017 - 20:29:09
Pero en el concesionario siempre hablan de 5 años de garantía
Sé que en otros lugares de España te dicen 3 + 2 pero aquí desde siempre dicen 5
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#20
Escrito 05 agosto 2017 - 21:43:01
Pues los comerciales sabrán, pero Honda no distingue zona geográfica para las coberturas de la garantía..Si q es un 3+2
Pero en el concesionario siempre hablan de 5 años de garantía
Sé que en otros lugares de España te dicen 3 + 2 pero aquí desde siempre dicen 5
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