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Problema en I.T.V. con el techo solar


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14 respuestas en este tema

#1 Alwaro

Alwaro

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Escrito 12 diciembre 2014 - 17:45:48

      Según parece, hay una normativa del 2012 que obliga a que en las fichas técnicas de los vehiculos, figure el techo solar, incluso en los que lo trae de serie, en Mérida han tirado a un colega con un Accord del 2008. La solucíon es sencilla, en el concesionario te incluyen la mención del techo, sellan y listo.

 



#2 Pegui

Pegui

    Asimo

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Escrito 12 diciembre 2014 - 19:07:19

Así es.

O pagas una pequeña tasa en ITV, 6 € creo, y te lo anotan en Ficha Técnica, o que Honda te proporcione un Certificado diciendo que ese coche lo traía de serie y no te cobran nada en ITV cuando te lo anotan en ficha.

 

Para mi exLude, en la misma situación, pedí el Certificado en el concesionario (no me cobraron nada).

 

Es que es un fallo del fabricante, que en su momento no anotó en ficha técnica que ese coche traía techo.



#3 'angel2.4i-vtec'

'angel2.4i-vtec'
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Escrito 12 diciembre 2014 - 20:56:46

A mi me lo incluyeron cuando homologué el equipo de GLP.

#4 titoherrera

titoherrera

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Escrito 12 diciembre 2014 - 20:58:24

Pues yo fuí el martes a pasar la ITV del accord, diciembre de 2008 con techo solar de serie y cero problemas, ni mencionarme nada del techo... :s


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#5 Furious

Furious

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Escrito 12 diciembre 2014 - 21:51:50

Pero si hasta mi CN1 lo pone en la cartulina.


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#6 falele81

falele81

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Escrito 12 diciembre 2014 - 21:58:10

Álvaro, creo que es una normativa de la Junta de Extremadura.

 

A mí me pasó al pasar la ITV en Cáceres. Me dijeron que tenía que pagar una tasa de 5€ para que lo pusieran en la ficha por ser de serie y que si no lo hacía a la siguiente vez que fuese a pasar la ITV me contaría como reforma y me costaría una pasta.

 

Es una faena que no te avisen antes y te toque un paseo a la ITV sólo para ir a pagar la tasa.



#7 MAIDEN

MAIDEN

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Escrito 12 diciembre 2014 - 22:17:56

Pues yo fuí el martes a pasar la ITV del accord, diciembre de 2008 con techo solar de serie y cero problemas, ni mencionarme nada del techo... :s


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yo la pasé en mayo/junio de este año y no me dijeron lo mas minimo .

 

pero gracias por la info , siempre es bueno saberlo ;)



#8 Alwaro

Alwaro

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Escrito 12 diciembre 2014 - 22:38:17

  No, es a nivel nacional y esta basado creo en el Real Decreto 866/2010 en el apartado 18, donde menciona lo de las reformas del vehiculo. De todas formas, como todo, depende de que te pase la I.T.V, por que una semana antes la paso otro colega con el mismo coche y no le dijeron nada del techo.

Y ahora el tocho:

 

"NOTA ACLARATORIA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA

A consecuencia de numerosas consultas relativas a la aplicación de Real Decreto 866/2010, de 2 de Julio, por el que se regula la tramitación de las reformas de vehículos y su manual de reformas, recibidas en esta Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial y formuladas por diferentes agentes económicos del sector, esta Unidad administrativa, como Autoridad de homologación formula las precisiones siguientes.
En primer lugar se recuerda la definición de lo que se entiende por una reforma realizada en un vehículo y desarrollada en el apartado 18 del artículo 3 del Real Decreto 866/2010 de 2 de Julio, donde se expresa:

“Reforma de vehículo: Toda modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo después de su matriculación y en remolques ligeros después de ser autorizados a circular, que o bien cambia alguna de las características del mismo, o es susceptible de alterar los requisitos reglamentariamente aplicables contenidos en el Real Decreto 2028/1986, de 6 de Junio por el que se dictan normas para la aplicación de determinadas directivas de la CEE, relativas a la homologación de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de parte y piezas de dichos vehículos”

En su virtud, esta Autoridad de homologación considera que una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión efectuada en un vehículo y que no cambie las características por las que un vehículo puede ser definido, o que no afecta a ninguno de los actos reglamentarios aplicables ni a las prescripciones contenidas en las Directivas 2002/24/CE, 2003/37/CE y 2007/46/CE, marcos no debe ser considerada como reforma del vehículo.

Asimismo y por coherencia con el propósito de esta disposición, una modificación, sustitución, actuación, incorporación o supresión, efectuada en un vehículo que signifique la incorporación o supresión de elementos o dispositivos cuya instalación o desmontaje no requiera herramienta alguna o pueda realizarse con las herramientas normales suministradas por el fabricante del vehículo en cuestión, no deben considerarse reformas. Sin embargo, aquellos elementos, dispositivos o accesorios de funcionamiento eléctrico o electrónico que se incorporen al vehículo, deben cumplir los requisitos aplicables relativos a la compatibilidad electromagnética.

A modo de ejemplo no exhaustivo con lo indicado anteriormente, se relacionan las incorporaciones de partes, piezas, sistemas, componentes o accesorios que, a criterio de esta autoridad de homologación, NO deben considerarse reformas en los vehículos.
EN AUTOCARAVANAS Y VEHÍCULOS VIVIENDA, LA INCORPORACIÓN DE:

- Toldos.
- Antenas de radio y/o televisión.
- Aire acondicionado en el interior del vehículo.
- Generador de corriente.
- Portabicicletas o portamotos, siempre que no afecten a otras funciones del vehículo.

EN EL RESTO DE LAS CATEGORÍAS DE VEHÍCULOS, LA INCORPORACIÓN DE:

- Aparatos de radio.
- Pomo de palanca de cambios.
- Visera del tablero de bordo cuya proyección no exceda de la proyección máxima del volante de dirección.
- Sistema telefónico de manos libres.
- Embellecedores de carcasa de espejos retrovisores que no oculten ninguna parte de la zona de visión.
- Embellecedores de dispositivos de alumbrado y señalización luminosa que no afecten a la zona de salida de la luz.
- Molduras, salvo en la parte delantera de los vehículos.
- Faldillas de rueda de en vehículos M1.
- Deflectores de aire en ventanas.
- Sensores de aparcamiento.
- Retrovisores auxiliares para vehículos autoescuela.
- Barras de unión en torretas de suspensión.

No obstante lo anterior, la incorporación de aparatos taxímetros en los vehículos de la categoría M1 e incluida como reforma en la ficha 8.20 del Manual de Reformas, es necesario que sea estudiado con más detalle al corresponder a una incorporación que es objeto de varias normas de índole municipal o autonómico. En consecuencia, la incorporación de aparatos taxímetros no será considerada reforma y por ello, no sujeta a las prescripciones del Real Decreto 866/2010, de 2 de Julio, hasta que se haya concluido el análisis antes citado.

Todo esto será incluido en la próxima revisión del Manual de Reformas de Vehículos.

El subdirector General de Calidad y Seguridad Industrial: Antonio Muñoz Muñoz."

Sacado de foroautomania



#9 'Phenomeno'

'Phenomeno'
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Escrito 12 diciembre 2014 - 23:57:50

A mi nunca me han dicho nada y la he pasado en 2 comunidades diferentes.

 

No obstante, si creen q voy a pagar van apañaos.



#10 Saxon

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Escrito 13 diciembre 2014 - 11:19:01

Uno de mis coches (no recuerdo ahora cual, tendría que mirarlo) tampoco tiene en la ficha técnica el techo solar que lleva de serie, y en la ITV a la que voy nunca me han dicho nada al respecto. No le deis muchas vueltas al tema, hispañistán es una casa de p#%@$ normativa en la que en cada reino de taifas comunitario harán lo que les salga de los "eggs" sin ninguna lógica ni criterio, salvo el de ir sacándole toda la pasta que puedan a los administrados, y no hay más.

 

Es tremendo, y te tienes que reír por no llorar, que te pidan hoy 5 euritos y todo queda perfecto e inmaculado dentro de la legalidad, pero si vas mañana entonces tendrás que afrontar una reforma de importancia con lo que eso cueste en dinero y gestiones. Es un robo descarado.



#11 STALKER

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Escrito 13 diciembre 2014 - 17:19:10

Dentro de poco nos van a poner problemas por llevar la regulación eléctrica del asiento mas alto o mas bajo porque modifica el centro de gravedad del vehículo, pero no te preocupes que lo solucionamos rápido, añades 5 . mas a la estafa legal de la I. T. V. y arreglado

Yo tengo que pasar la primera I. T. V. el mes que viene, a ver con que me salen, aunque mirare si en la ficha técnica figura el techo solar.

Editado por STALKER, 13 diciembre 2014 - 17:20:57.


#12 skiper

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Escrito 14 diciembre 2014 - 22:29:25

yo la pase el 12-12-2014

y no me han dicho nada (catalauña)



#13 Gartxi

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Escrito 14 diciembre 2014 - 23:37:49

En los bmw e36 aún sin llevar techo lo tienen en ficha puesto....

Los coches de los 80-90 que tenían añadidos y alerones después de 20 años les obligan a meter en ficha y pagar por ello.... una vergüenza, ya me toco pagar en su día y lo único que entendí es que era una mera recaudación ya que no miraban ni tan siquiera si estaba bien fijado, alerón 10€, taloneras 10€, volante 10€... y yo como... holaaa? es un R19 16v.... es así desde que salio de la cadena de montaje....



#14 jon_vti

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Escrito 20 diciembre 2014 - 19:08:48

Vw antiguos pone que lleva techo y bola sin tener

#15 hondaqs

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Escrito 20 diciembre 2014 - 19:12:09

hola, yo la posa la semana que viene la itv haber si me dicen algo a mi.

también es del 2008.






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