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Siniestro total. Jurisprudencia T. Supremo


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13 respuestas en este tema

#1 Aciana

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Escrito 24 diciembre 2020 - 14:41:57

Desde el 14 de julio, una sentencia emitida por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha fijado jurisprudencia en lo relativo a la indemnización por siniestro total, cuando los daños son provocados por un tercero. Con ésta, se pone fin a la disparidad de sentencias sobre esta materia.

Resumen de la sentencia: se debe indemnizar por el valor venal + 30% de valor de afección.

Dejo enlace a la sentencia y a un vídeo explicativo sobre la misma

 

http://www.poderjudi...fd3c5ba3f492944

 



#2 zezaneimu

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Escrito 24 diciembre 2020 - 15:19:35

Tuve suerte entonces, mi civic ej9 me lo han tasado por el valor de mercado, si no me daban 600€. Es una putada para vehículos antigüos o viejos, por ejemplo un civic vti ek4 se tasaría por más o menos lo mismo que el ej9, cuando no encuentras unidades por menos de 3000€ en el mercado.
Corrijo, un vti del 98 andaría con 1500€ la indemnización, incluyendo valor de afección.

#3 Yayo

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Escrito 24 diciembre 2020 - 22:55:18

Yo le tengo mucho AFECTO a mi Prelude. Y él a mí. Su valor de afección debe ser enorme...XD

#4 Aciana

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Escrito 25 diciembre 2020 - 09:48:29

Yo le tengo mucho AFECTO a mi Prelude. Y él a mí. Su valor de afección debe ser enorme... XD

 

La que ha liado tu paisano por un Astra   :klonk:


Editado por Aciana, 25 diciembre 2020 - 09:49:12.


#5 Aciana

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Escrito 01 enero 2022 - 17:47:50

Artículo interesante sobre esta cuestión:

 

Convenios entre aseguradoras: así se perjudica a los clientes y talleres con el "siniestro total"

 

Fuente: https://www.infotall...1615938398.html

 



#6 Hondajapos

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Escrito 01 enero 2022 - 20:55:24

Artículo interesante sobre esta cuestión:

 

Convenios entre aseguradoras: así se perjudica a los clientes y talleres con el "siniestro total"

 

Fuente: https://www.infotall...1615938398.html

 

Tiene cojines la cosa, solo hacen que arrimarle al propietario de un vehículo sanguijuelas en todos los frentes posibles.



#7 Aciana

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Escrito 03 marzo 2022 - 22:43:06

Este país nunca deja de sorprenderme. Cuando se suponía que el Supremo había fijado jurisprudencia, poniendo fin a la disparidad de sentencias sobre la materia, la Audiencia de Barcelona se desmarca con una sentencia alternativa. La noticia la ha difundido CETRAA, la Confederación Española de Talleres de Reparación de Automóviles.

 

La Audiencia de Barcelona confirma el criterio del Gremi (CETRAA Barcelona)

 

La Audiencia de Barcelona confirma que es correcto el criterio del Gremi en la protesta contra el sistema de las aseguradoras, al calificar como siniestro total los daños de un vehículo con la excusa de que el valor de su reparación es superior al valor venal

 

En esta ocasión ha sido la sección 14 de la Audiencia, dando la razón a la valoración de un perito colaborador del Gremi en la tasación de un vehículo. En este caso la compañía Mapfre había valorado los daños de un vehículo que no había tenido culpa en el accidente en 3.500 € y le ofreció indemnización a su cliente por 3.300 €.

 

El servicio jurídico del Gremi con la colaboración de un perito, estableció que, de acuerdo con el criterio del taller reparador, la factura podía subir a 5.920 € incluyendo IVA y alguna pieza alternativa para reducir costes. El valor de mercado era de 4.950 €. La aseguradora rechazó dicho pago.

Probado que se estaba haciendo la reparación, un juzgado de Gavà dictó sentencia de que no había grave desproporción entre el valor de mercado, unos 4900 €, del vehículo y su reparación incluyendo el IVA.

La aseguradora apeló la sentencia y el servicio jurídico del Gremi consiguió su ejecución provisional, para que el taller pudiera cobrar de su clienta.

También el servicio jurídico contestó la apelación ante la Audiencia, no existía gran diferencia entre el valor de mercado y la reparación, el IVA se paga, pero no aumenta el valor del vehículo para su valoración.

La sentencia dicta que no es desproporcionado el coste de reparación de 5.920 € en relación con el valor de mercado del vehículo 4.950 €. Las costas son para la aseguradora apelante en ambos juicios, demanda y apelación. Así se confirma que la gestión del Gremi evita gastos al cliente y al taller para obtener la justa indemnización.

Es esencial que, ante los abusos de calificación de daños como siniestro total por las compañías, al confundir valor venal y de mercado, el taller COMPRUEBE cuál sea el valor de mercado del vehículo y por esa suma orientativa confirmada por perito particular, se puede obtener la indemnización de reparación de los daños recibidos más el IVA incluido en la factura, si la diferencia no es gravemente desproporcionada.

 

Fuente: https://www.cetraa.c...traa-barcelona/

 



#8 BlackFox

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Escrito 04 marzo 2022 - 16:49:44

Comp ya conté una vez... Las aseguradoras son la leche. 

 

Yo conseguí 4.200€ añ ser una versión casi única por su equipamiento y estado. Al no encontrar ninguna otra similar, independientemente del precio... Al final se encontró un par de unidades de los acabados del que tenía, y se pactó ese valor. Si no? A juicio con informes, facturas y valoración de perito externo (abogado particular nada de compañía).  A parte, me quede con el coche que luego vendí.... solo tenían que Pintar defensas capo y maletero, una de las defensas meterla nueva. Valor 2.200€ aprox

 

Por no hacer eso, intentaron dar un siniestro de 1.200€ y la cosa cogió otro color... Pedí nueva peritación con todo nuevo, hasta el último tornillo.... Todo lo que se pudo sumar.... Hasta llegar a 4.800€. 

 

Reclamé esa cantidad, con informes, peritación y ofertas de merdecado....y al final ya veis. No pagaron los 2.200€ pagaron 4.200€ un año después. 

 

Luego vendí el coche, una semana despues de anunciarlo por más de 3.000€ 

 

Las compañías de seguros.... Se alejan de la justicia lo mismo que los que tratan de estafarlas.... Si pagaran lo que era lógico seguiría teniendo mi coche. Todos ahorraríamos dinero. 



#9 Hondajapos

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Escrito 04 marzo 2022 - 23:46:09

Pues me parece una sentencia muy acertada, máxime sin avenirse a negociar la reparación por las buenas, y no el cachondeo que se traen las aseguradoras con declarar un siniestro como total con peritaciones tan alejadas del valor real de mercado.

Y mas todavía Mapfre que son unos piratas de tomo y lomo...

A cascarla majos, y de propina las costas, mas de estas hacen falta por asalta caminos de guante blanco.


Editado por Hondajapos, 04 marzo 2022 - 23:47:36.


#10 Aciana

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Escrito 06 enero 2025 - 21:42:22

La prensa se hace eco hoy de una reciente sentencia del Tribunal Supremo que redunda nuevamente en la jurisprudencia establecida en la sentencia, también del Supremo, que dió pie a la apertura de este hilo hace 4 años:

 

https://www.eleconom...istrativos.html

 

Desde mi punto de vista, el artículo no explica correctamente la cuestión de fondo, así que he buscado la sentencia en el CENDOJ, me la he leído y paso a resumirla con mis limitados conocimientos jurídicos. Resumiendo mucho, la situación es la siguiente:

 

- En octubre de 2015, una conductora pontevedresa sufrió un accidente que provocó unos daños materiales en su Mercedes (de 13 años de antigüedad) por valor de 32.585,06 euros

 

-Vehículo asegurado a todo riesgo. En el contrato de seguro se pactó que, en caso de siniestro total del vehículo, a partir del sexto año desde la primera matriculación, el importe de la indemnización se correspondería con el valor venal

 

- La tomadora del seguro (madre de la propietaria), interpuso una demanda contra la aseguradora en la que reclamó la cantidad a la que ascendían los daños materiales del vehículo y los intereses

 

- La sentencia de primera instancia desestimó íntegramente la demanda, al considerar que como la demandante no era la propietaria del vehículo siniestrado, carecía de legitimación activa para efectuar la reclamación de los daños.

 

- Recurrida la sentencia de primera instancia por la demandante, la Audiencia Provincial estimó el recurso de apelación. En lo que ahora importa, consideró que:

(i) aunque la tomadora del seguro no fuera la propietaria del vehículo, estaba legitimada para reclamar, en cuanto que era parte en el contrato de seguro; (ii) la reparación del vehículo sería antieconómica, por su excesiva cuantía, por lo que la indemnización debe contraerse al valor venal más un 50%. Como consecuencia de ello, revocó la sentencia de primera instancia, estimó en parte la demanda y condenó a la aseguradora demandada a indemnizar a la demandante en la suma de 10.185 €, más los intereses.

 

- La aseguradora recurrió al Tribunal Supremo, basándose en una infracción procesal que supondría que en la demanda se solicitó la indemnización para la propietaria del vehículo, mientras que la sentencia recurrida la concede a favor de la tomadora del seguro y demandante. La segunda parte del recurso se centró en la determinación de la indemnización sobre la base de lo pactado en la póliza y el problema del valor venal de un vehículo cuya reparación excede ampliamente de su valor de mercado, dada su antigüedad. Curiosamente, en esa parte del recurso se hace referencia a abundante legislación, pero se obvia la sentencia de pleno 420/2020, de 14 de julio, que se pronunció sobre el problema de la valoración del vehículo en caso de siniestro total (es decir, la sentencia que dió origen a este hilo)

 

- La sala de lo Civil del Tribunal Supremo, actuando como ponente Pedro José Vela Torres, desestima el recurso extraordinario por infracción procesal y el recurso de casación interpuestos por Aseguradores Agrupados S.A. (ASEGRUP) contra la sentencia núm. 562/2019, de 27 de noviembre, dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección 6ª, sede Vigo), en recurso de apelación.

 

- Para ello, utiliza argumentos como los siguientes:

 

- “La sentencia de pleno 420/2020, de pleno estableció que en estos casos no es contrario a derecho que el resarcimiento se lleve a efecto mediante la fijación de una indemnización equivalente al precio del vehículo siniestrado, más un cantidad porcentual, el precio o valor de afección, que comprenderá el importe de los gastos administrativos, dificultades de encontrar un vehículo similar e incertidumbre sobre su funcionamiento, entre otras circunstancias, apreciables por los órganos de instancia en su función valorativa del daño. Y ello, porque los vehículos de motor son bienes perecederos, que se deterioran y agotan con su uso y, por lo tanto, se devalúan con el tiempo, por lo que es habitual que sus dueños se vean obligados a sustituirlos por otros, dándolos de baja o vendiéndolos a terceros, cuando todavía conservan un valor de uso susceptible de transmisión onerosa. Pero, al tiempo, también deben valorarse las dificultades antes señaladas para encontrar otro vehículo en un estado de conservación y uso similar, o la asunción de gastos administrativos y de transacción (valor de afección).

 

La sentencia recurrida se ajusta a tales parámetros, pues sin apartarse de lo pactado en la póliza, interpreta correctamente que el término valor venal no se refiere solamente al estricto valor de venta del vehículo siniestrado en un mercado de segunda mano en función de su antigüedad y características, sino que también incluye el llamado valor de afección, que en este caso, y en uso de sus facultades valorativas, cifra en un 50%. Y precisamente por ello, no hace disminución alguna por el valor de los restos, porque esa aminoración no estaba prevista en la póliza”.

 

Inserto PDF con la sentencia

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Editado por Aciana, 06 enero 2025 - 22:55:19.


#11 BlackFox

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Escrito 06 enero 2025 - 22:20:10

Aporte top contra el robo de las aseguradoras al declarar siniestro. Gracias Aciana. 



#12 JuJo84

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Escrito 07 enero 2025 - 18:00:06

Gran aporte , sí señor

#13 antrax

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Escrito 07 enero 2025 - 18:25:58

En resumen, no asegures a todo riesgo un coche de más de 6 años porque te lo van a pagar a valor venal si te lo dan siniestro total y te vas a liar a batallar en tribunales, o busca un seguro donde no te metan esa cláusula de los 6 años.

#14 sendoko

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Escrito 08 enero 2025 - 00:11:49

Así es busca una aseguradora que te valore el coche por el valor de mercado no por el venal , yo llevo muchos años en Caixa auto y me sucedió lo mismo  y me repararon un coche que me querían dar siniestro pero que su valor de mercado era muy superior aportando documentación de vehículos de las mismas características y equipamiento, eso si tener claro que vuestra aseguradora no es vuestra amiga y tirar por vía judicial si no se vienen a razones , que al final costas de juicio y abogados les saldrá mas caro. 

Además con lo absurdo que esta el mercado de segunda mano como para que no te valoren el tuyo , mas el valor de afección. 






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