Venimos de aquí... https://clubhondaspi...eite/?p=2420863
Comentábamos las exigencias de algunas ITV durante el último año respecto a desinstalar lámparas LED que durante años (con sus respectivas ITV) hemos llevado algunos sin problemas. Parecía que a partir de ahora no podría ser así, pero me he encontrado con esta noticia donde se anuncia que ahora la normativa ya no es tan estricta al respecto. ¿Qué os parece? ¿Alguien que vaya a pasar la ITV próximamente y con LED nos lo puede confirmar?
https://www.motorpas...iva-al-respecto
En la página 189, el Manual dice lo siguiente: “No se considerará reforma la instalación de repuestos o recambios (incluidos las lámparas LED de sustitución homologados según el Reglamento nº 37 de NNUU en faros homologados para óptica de incandescencia) ni la sustitución de grupos ópticos laterales y traseros de incandescencia por otros de sistema LED debidamente homologados y situados en el emplazamiento original”.
Eso quiere decir que cualquier bombilla halógena del coche, ya sea delantera, trasera o lateral (intermitentes) puede sustituirse legalmente por una luz LED, siempre y cuando esta última tenga homologación para venderse en Europa. Bastará quitar y poner y la ITV o las autoridades no pueden poner ningún impedimento a esta modificación.