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Sentencias judiciales aseguradoras


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8 respuestas en este tema

#1 Aciana

Aciana

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Escrito 22 mayo 2024 - 21:46:26

Abro un hilo específico con noticias sobre sentencias judiciales relacionadas con compañías aseguradoras en el sector del motor

 

Triple revés judicial a AXA: debe pagar IVA, la mano de obra del taller y actualizar el precio de los recambios

 

Tras la primera valoración pericial en 2020, se fijó una indemnización de 1.625,77 euros, pero la demandante consideró insuficiente dicha oferta y solicitó una compensación de mayor importe, ajustada a una valoración realizada en 2023.

 

El pasado 26 de abril de 2024, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 1 de O Porriño dictó una sentencia relevante para el sector de la posventa y las aseguradoras, en el marco de un caso de indemnización por daños en un vehículo. El caso involucraba a la propietaria de un Peugeot 3008 y a la aseguradora AXA Seguros Generales S.A. Y ha supuesto un triple 'revés' judicial a la aseguradora.

 

La disputa surgió a raíz de un accidente ocurrido en 2020, en el cual el vehículo de la demandante fue golpeado por una furgoneta asegurada por AXA. El conflicto se centró en la valoración de los daños y la inclusión del IVA en la indemnización.

 

El caso

 

El accidente ocurrió en octubre de 2020, cuando el vehículo estaba correctamente detenido y recibió el impacto de una furgoneta que ingresó marcha atrás a gran velocidad. La aseguradora AXA, reconociendo la responsabilidad, ofreció una indemnización de 1.625,77 euros, excluyendo el IVA, basándose en una valoración pericial realizada en diciembre de 2020.

 

Sin embargo, la demandante, representada por el abogado Carlos Álvarez Estévez, quien expone el caso en redes sociales, consideró insuficiente dicha oferta y solicitó una compensación total de 2.382,91 euros, incluyendo el IVA, ajustada a una valoración pericial realizada en 2023. Durante el juicio, se destacaron diferencias en la valoración de los daños debido al recambio de piezas y al precio de la mano de obra.

 

El precio de la reparación debe estar actualizado 

 

La jueza falló a favor de la demandante, destacando varios puntos clave:

 

En primer lugar, la actualización de los precios, ya que se determinó que la indemnización debía basarse en los precios de las piezas y la mano de obra vigentes en 2023, año en el que se realizaría efectivamente la reparación y los recambios habrían aumentado su coste, y no en los precios de 2020.

 

La mano de obra también fue un punto que se destacó en el caso, ya que en el juicio, el perito de la aseguradora admitió que para calcular el costo de la mano de obra de la reparación, utilizó un precio con descuento. Este descuento se aplica porque el taller donde se realizaría la reparación es un "taller colaborador" de AXA. La jueza señaló que si un cliente particular, como en el caso del demandante, va al mismo taller, no recibiría ese descuento especial que AXA obtiene, por lo que tendría que pagar un precio más alto por la mano de obra. El tribunal determinó que la indemnización debería basarse en el precio regular que el taller cobraría a un cliente particular, no en el precio con descuento que aplica a AXA.

 

La sentencia también subrayó que el IVA debía ser incluido en la indemnización. Se argumentó que no se podía exigir a la demandante adelantar el importe del daño con su propio patrimonio, especialmente cuando no había indicios de que no fuera a realizar la reparación del vehículo.

 

La sentencia ordena pagar 2.382 euros

 

La sentencia condena a la aseguradora a pagar a la demandante la cantidad total de 2.382,91 euros, más los intereses previstos en la Ley de Contrato de Seguro, desde la fecha del siniestro. También se condenó a la aseguradora a cubrir las costas del procedimiento.

 

"Independientemente de que el actor no haya reparado todavía los daños (no cabe exigir que adelante con su patrimonio el importe del daño sufrido), lo cierto es que, una vez que se produzca la reparación, la factura que se expida devengará este impuesto, conforme a lo previsto en la Ley 37/1992, del Impuesto sobre el Valor Añadido, no existiendo en autos indicio alguno que haga suponer que no se llevará a efecto el arreglo. Por todo ello, la demandada deberá abonar la cantidad de 2382,91 euros", dicta la sentencia.

 

Este caso resalta la importancia de la valoración justa y actualizada de los daños en accidentes de tráfico, obligando a las aseguradoras a indemnizar adecuadamente a los perjudicados. Este fallo refuerza la protección de los derechos de los consumidores y garantiza que reciban una compensación que refleje los costos reales de reparación, incluyendo el IVA, en el momento de efectuar dicha reparación.

 

Fuente: https://www.infotall...1877812211.html

 

 

 



#2 CRXRED

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Escrito 22 mayo 2024 - 22:34:39

Hilo muy interesante, como siempre, me suscribo!



#3 Aciana

Aciana

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Escrito 16 junio 2024 - 09:05:29

De 1.719 a 9.600 euros de indemnización: una sentencia alerta sobre las "evaluaciones internas de las aseguradoras"

 

Un reciente fallo del Juzgado de Primera Instancia Nº 14 de Vigo destaca por la discrepancia entre la indemnización propuesta inicialmente por la aseguradora y la cantidad finalmente reconocida por el tribunal.

 

En un reciente fallo del Juzgado de Primera Instancia Nº 14 de Vigo, se condenó a la aseguradora Mapfre a indemnizar con 9.600 euros a la propietaria de un Seat Ibiza, involucrada en un accidente de tráfico. Esta circunstancia destaca por la discrepancia entre la indemnización propuesta inicialmente por la aseguradora y la cantidad finalmente reconocida por el tribunal.

 

Se trata de un caso más en la constante lucha de los talleres y las aseguradoras, ya que estas últimas frecuentemente intentan disminuir los costos de reparación y reducir gastos, perjudicando así a los profesionales de la reparación y al conductor afectado.

 

El caso

 

En agosto de 2023, la conductora sufrió un accidente con su Seat Ibiza del año 2008. El vehículo fue impactado por otro automóvil que no respetó las normas de preferencia de paso, resultando en daños materiales significativos.

 

La aseguradora del vehículo infractor inicialmente ofreció 4.000 euros. La cantidad fue rechazada por la representada por Alberto Fernández Costa, abogado que ha expuesto el caso en redes sociales, por lo que decidieron continuar con la demanda completa.

 

El informe pericial presentado por la parte demandante estimó que los costos de reparación del vehículo ascendían a 9.319,59 euros, mientras que el valor de mercado del coche era de 6.800 euros y los restos se valoraban en 600 euros. Dado que los costos de reparación superaban el valor de sustitución, el vehículo se consideró pérdida total.

 

Con base en la evaluación, la reclamación se estructuró de la siguiente manera:

  • Valor de mercado: 6.800 euros
  • Incremento del 50% por valor de afección: 3.400 euros
  • Deducción por restos: 600 euros

La cifra total a reclamar ascendía a 9.600 euros.

 

Durante el juicio, se subrayó la importancia de no dejarse influenciar por "evaluaciones internas de las aseguradoras", que en este caso, habían valorado el vehículo en tan solo 1.719 euros, una cifra considerablemente baja.

 

"Otro factor a ponderar por el Tribunal deberá ser el examen de las operaciones periciales que se hayan llevado a cabo por los peritos que hayan intervenido en el proceso, los medios o instrumentos empleados  los datos en los que se sustenten sus dictámenes", cita el documento de la sentencia.

 

Sentencia

 

Finalmente, la sentencia final del Juzgado de Primera Instancia Nº14 de Vigo condenó a la aseguradora Mapfre a pagar un total de 9.600 euros, además de los intereses del artículo 20 de la Ley de Contrato de Seguros y las costas del procedimiento.

 

Fuente: https://www.infotall...1884411549.html

 

 

 

 

 

 



#4 BlackFox

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Escrito 16 junio 2024 - 10:32:42

Sentencia demoledora. Si hubieran sido lógicos, abonar el importe de un vehículo de similares características se hubieran ahorrado dinero en indemnizaciones, gastos administrativos, judiciales... Pero a cuenta final, los que cuelan por los que no tragan, seguramente les sigue saliendo a cuento.

 

Lo que hablábamos de indemnizar sobre valor venal... Queda visto que no va así. Las compañías tiran la caña, despliegan su plumaje para parecer entes oficiales indiscutibles y si cuela... Eso que se llevan. 


Editado por BlackFox, 16 junio 2024 - 10:34:07.


#5 Yayo

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Escrito 16 junio 2024 - 10:47:32

Muy interesante

#6 Aciana

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Escrito 16 junio 2024 - 11:30:43

Siendo en Primera Instancia, no me cabe duda de que habrá recurso.

#7 Aciana

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Escrito 17 junio 2024 - 21:09:39

No es una sentencia, pero afecta a una aseguradora y a una póliza de auto

 

200.000 euros de multa a Allianz por filtrar la póliza del coche a una mujer, que usó como prueba contra su exmarido

 

La aseguradora hace responsable a una de sus trabajadoras, a la que une una “relación de amistad” con la expareja del afectado

 

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una multa de 200.000 euros a la aseguradora Allianz por permitir la filtración de una de sus pólizas de automóvil, así como un informe de la Dirección General de Tráfico almacenado en sus sistemas con información del mismo vehículo. La documentación llegó a manos de la expareja del asegurado, quien la usó en “un procedimiento judicial de modificación de medidas paternofiliales”, según consta en la resolución del regulador de privacidad.

 

El hombre presentó la reclamación ante la AEPD cuando su expareja le envió un correo electrónico con ambos documentos. Sin embargo, la póliza incluida en el email no era un archivo PDF propiamente dicho, sino una captura de pantalla. Este hecho terminó siendo clave en la investigación de la infracción y la multa a Allianz.

Cuando la Agencia se puso en contacto con la aseguradora, esta informó que no era “conocedora de ninguna incidencia ni de ningún acceso no autorizado por parte de terceras personas a los datos de la póliza”. Dichos accesos y filtraciones deben comunicarse de inmediato a la AEPD, ya sean fruto de ciberataques u otras situaciones fuera del control de la empresa. Sin embargo, Allianz no había comunicado ninguna incidencia de este tipo que afectara a sus bases de datos.

 

La compañía inició, no obstante, una investigación. Analizó las pruebas suministradas y comprobó que la captura de pantalla de la póliza filtrada mostraba en realidad su propio programa de gestión de clientes. Aunque no ha aclarado cómo, Allianz terminó averiguando que la fuente de la filtración era una de sus empleadas, quien tenía una “relación de amistad” con la expareja del asegurado, según informó la empresa más tarde a la AEPD.

 

Esta explicación no desvió la atención del organismo, que a partir de entonces se centró en averiguar cómo fue posible que esa trabajadora accediera a datos personales de los asegurados y los almacenara en una captura de pantalla sin que Allianz tuviera ninguna constancia de ello. La aseguradora contestó que la empleada era en ese momento tramitadora de siniestros y “estaba legitimada por sus funciones para tener acceso a las pólizas de los clientes”.

 

Además, confesó que en ese momento no disponía de ningún software que trazara los accesos a su base de datos. Esto provocaba que fuera posible para cualquier empleado de ese equipo consultar datos personales y pólizas e incluso registrarlas sin permiso de los interesados y sin el control de la aseguradora. “La trazabilidad es un instrumento que precisamente permite controlar la posibilidad de existencia de accesos indebidos”, refleja la AEPD en su resolución.

 

“Además, en este caso se ha extraído un pantallazo de la aplicación, pese a que hay aplicaciones que impiden la captura de pantallazos de las aplicaciones para evitar un posible filtrado de información”, continúa el regulador. “Se ha confirmado que la primera evidencia es una captura de pantalla de la aplicación interna de gestión de clientes de la parte reclamada y la segunda evidencia es una captura de pantalla del informe público que se puede obtener a través de la sede electrónica de la Dirección General de Tráfico”, recalca.

 

Estos motivos han resultado en una sanción de 140.000 euros contra Allianz por no garantizar un tratamiento “seguro y confidencial” de los datos personales de sus clientes. A esta se ha sumado otra de 60.000 euros por no haber establecido medidas que impidan que terceras personas tengan acceso a los datos sin permiso. La aseguradora ha aceptado la multa y se ha acogido a una reducción del 20% por renunciar a presentar alegaciones a la resolución, lo que ha dejado la cifra en 160.000 euros. También se ha comprometido a mejorar sus protocolos al dictado de la Agencia para impedir nuevas brechas de este tipo.

 

Fuente: https://www.eldiario...1_11448473.html

 

 



#8 Aciana

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Escrito 06 julio 2024 - 22:14:05

No afecta a una aseguradora, pero es una sentencia interesante relacionada con los derechos de los automovilistas.

 

El Principado de Asturias, condenado a indemnizar a la familia de conductor fallecido tras estrellarse contra un árbol caído

 

Unas imágenes de un año antes permitieron a la familia del joven fallecido demostrar que el chopo ya mostraba riesgo de desplome

 

Fernando Menéndez, un joven moscón de 26 años, falleció en noviembre de 2019 en la carretera de Avilés a Grado (AS-237) al colisionar con su coche contra un chopo que superaba los 20 metros de altura y que se había desplomado sobre la vía ocupándola en su totalidad. Volvía de casa de sus padres, en Aces (Candamo), era de noche, la calzada estaba mojada y lo que habría podido pasar por un accidente fortuito o debido a causas de fuerza mayor ha sido considerado por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias una responsabilidad directa de la Administración del Principado por "un defectuoso funcionamiento del servicio público". Lo que implica que el Principado deberá indemnizar con casi 182.000 euros a los padres del joven, hijo único y soltero.

 

Para el tribunal ha resultado "especialmente relevante y clarificador" el detallado atestado que hicieron los agentes de la Guardia Civil sobre el lugar del siniestro, en Candamo, y aún más las "reveladoras" fotografías obtenidas de Google Maps en mayo de 2018 que ya reflejan que el árbol, situado en el terraplén del margen derecho de la calzada, en dirección a Grado, en espacio de dominio público, suponía un riesgo evidente.

 

Porque el gran árbol "había perdido ya su verticalidad, y se encontraba curvado y proyectado parcialmente sobre la vía de circulación". El chopo, de crecimiento espontáneo en zonas húmedas y sin valor comercial, era un ejemplar adulto de un porte considerable para lo que es esa especie, que estaba en un talud con evidente inclinación y con peligro de caída sobre la vía "dado su deficiente estado vegetativo, que se manifiesta en la falta def0$||4je en la copa", tal como describió un perito.

 

En definitiva, muchos meses antes del trágico siniestro, el árbol contra el que finalmente impactó el Renault Mégane que conducía el infortunado joven, "manifestaba una situación de irregularidad y peligro que exigían una actividad concreta de vigilancia y estudio y en su caso, de adopción de medidas de seguridad que evitasen su precipitación sobre la calzada", sostienen los jueces.

 

La familia del joven demandó un año después del suceso a la Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial del Principado, ante la desestimación que habían hecho de la reclamación por responsabilidad patrimonial. No fueron los únicos ya que también demandó al Principado el conductor de un segundo coche, un Audi A3 conducido por un hombre de 62 años, contra el que chocó el Mégane de Fernando Menéndez cuando, ya sin control, invadió el carril contrario de circulación.

 

Los jueces estimaron la valoración de los peritos contratados por la familia que dejaron en evidencia que la existencia de ese gran árbol contiguo a la carretera y las propias características del talud donde estaba enraizado "constituían un grave riesgo, previsible y evitable si los servicios de vigilancia y mantenimiento de la circulación viaria de la Administración hubieran adoptado la debida diligencia. Y más cuando la caída del árbol habría sido precedida de desprendimientos de piedras y terreno que lo sustentaban, lo que habría de haber servido de apercibimiento", explicaron en el juicio.

 

Por parte del Principado, sin embargo, la representación legal intentó que los jueces tuvieran en cuenta que "los deberes de conservación de las carreteras deben estar ceñidos a un margen de razonabilidad, por lo que no se puede demandar del servicio de conservación una retirada inmediata de cualquier obstáculo o vertido, dado que eso es inasumible e inabordable". De hecho, el Consejo de Estado ha venido manteniendo esa misma idea: que a la administración no se le puede exigir una vigilancia tan intensa que, de instantáneo, cuide de que el tráfico de la calzada sea libre y expedito.

 

Dando por buena esa idea, es decir que no todos los incidentes que ocurren en una vía pueden ser responsabilidad de la Administración, en este caso los jueces sí que han visto claro que hubo una dejación en el buen mantenimiento de la carretera. "Ante una situación de peligro, que la propia situación del árbol en cuestión ponía de manifiesto más de un año antes, las labores de mantenimiento, conservación y vigilancia no pueden limitarse, como parece pretender la Administración, a meras visitas periódicas y habituales por la vía, o a la colocación de señalización que advierta de la posibilidad o peligro de desprendimientos, sino a una eficaz actuación de control sobre ese elemento concreto", dice el Tribunal en su sentencia.

El magistrado tampoco permite que se atribuya a la lluvia o al viento de ese día lo sucedido, algo que podría entrar en el concepto de causa de fuerza mayor. Porque "no se acredita que el origen de la caída del árbol sobre la calzada se debiera a un evento o fuerza imprevisible e inevitable, sino –reitera– a la falta de vigilancia y conservación de la titular de la vía".

 

El fallecimiento del joven Fernando Menéndez causó en su día una gran consternación entre los vecinos de Candamo y Grado, donde era muy querido, y más por el hecho de que en la zona llevaban tiempo reclamando mejoras para la vía y demandando más seguridad.

 

Fuente: https://www.lne.es/a...-105066004.html



#9 JuJo84

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Escrito 06 julio 2024 - 23:14:46

Es lamentable el estado de muchas carreteras y autovias,recaudando de manera directa cerca de 4.000 millones de eur solo en impuesto de circulación y si tenemos en cuenta todas las tasas relacionadas con vehículos más impuestos de combustibles etc nos vamos a 40.000 millones de Eur.
Y apenas se invierten 1.300 millones aproximadamente en mantenimiento y adecuación, es irrisorio ( datos de 2022 )

Editado por JuJo84, 06 julio 2024 - 23:20:19.





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