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Impuestos!!!


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20 respuestas en este tema

#1 VERDOLAGA

VERDOLAGA

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Escrito 01 octubre 2006 - 00:35:06

Tengo un amigo que ha comprado un Accord executive 05.
Pues bien, el señor que se lo vende le dice que para transferir el coche hace falta pagar el 4% de lo que esta el coche valorado actualmente que es en 19.000 €
Por lo cual el coste de ese impuesto rondaria los 800 €.

Alguien me puede decir el por que de esto, y como avaratar ese coste ?

#2 MAIDEN

MAIDEN

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Escrito 01 octubre 2006 - 00:42:07

si el coche tiene menos de un año ... se paga otra vez como si fuera nuevo, yo he preguntado y saldria por 1055 euros :blink:

pero tranquilos...hacienda somos todos.....!!!!!! :evil:

#3 VERDOLAGA

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Escrito 01 octubre 2006 - 00:43:48

Pues tiene para ser más exacto 17 meses

#4 KNIGHT

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Escrito 01 octubre 2006 - 00:51:33

Tengo un amigo que ha comprado un Accord executive 05.
Pues bien, el señor que se lo vende le dice que para transferir el coche hace falta pagar el 4% de lo que esta el coche valorado actualmente que es en 19.000 €
Por lo cual el coste de ese impuesto rondaria los 800 €.

Alguien me puede decir el por que de esto, y como avaratar ese coste ?

Aunque no estoy muy informado, me atrevería a decir que no se puede abaratar este precio.
Aquí en Catalunya lo llaman creo impuesto sobre transmisión patrimonial. Y se paga en una oficina de la Generalitat de Catalunya. Allí tienen un listado con los precios en que ellos valoran los coches según el año de la primera matriculación y le suman un 4% , este importe es el que les tienes que pagar a ellos. El justificante de este pago forma parte de la documentación necesaria para poder efectuar el cambio de nombre en la oficina de Tráfico.
Tampoco estoy seguro de lo que voy a decir, ya que no me dedico a esto ni estoy muy enterado , pero oí rumores de que este impuesto y el IVA , lo abarataban algunos que se dedican a bajar coches de Alemania, presentando facturas inferiores al valor real que les costó el coche y también inferior a los listados que tiene la Administración para efectuar los cálculos explicados antes, con lo que los coches (normalmente caros) consiguen una sustanciosa rebaja de coste para el intermediario mediante este método. Este método no funciona si la operación se hace entre particulares o en compraventas nacionales.

#5 Betikito

Betikito

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Escrito 01 octubre 2006 - 12:07:15

sabeis de donde puedo descargar el impreso de hacienda ???
un saludo y gracias!!!

#6 KNIGHT

KNIGHT

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Escrito 01 octubre 2006 - 13:16:49

sabeis de donde puedo descargar el impreso de hacienda ???
un saludo y gracias!!!


Para que te hagas una idea de como és, aquí hay un impreso , creo que es el 620, está en borrador. Seguramente tengas que ir a la oficina de Hacienda para tener el original que algo te costará porque alguna vez he ido a comprar algun otro modelo y me han cobrado unos 3 euros (creo que no son gratis)
http://www.juntadean...s.htm#modelo620

Editado por KNIGHT, 01 octubre 2006 - 13:20:19.


#7 Betikito

Betikito

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Escrito 01 octubre 2006 - 13:28:32

Pues mañana me acercaré a la oficina de hacienda a comprar el impreso haber lo que me soplan...
gracias tio!

#8 Yayo

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Escrito 01 octubre 2006 - 21:29:38

Bueno marikona, el tío IVTEC36 te va a dar unas breves nociones de comó se calcula de cuota del «Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados» (ITPAJD), y de paso, le vamos a echar una mano a tu amiguito, rellenándole el modelo (impreso) 620, que necesitará para transferir su calamar usado. Doy por supuesto que ya tenemos cumplimentado y firmado un contrato privado de compraventa (si no te mando un borrador), y que tenemos en nuestro poder los DNIS de adquirente y transmitente, junto con el original del último recibo del «Impuesto (Municipal) sobre Vehículos de Transporte». Total, el asunto se hace en una mañana y te ahorras un dinerillo de Gestoría....
Lo primero es ir a la Oficina de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía (Jaén o Sevilla), para liquidar el ITPAJD. La Junta no tiene este modelo rellenable en soporte informático, pero sí publica un borrador que nos servirá. Que compre el Modelo (620) en la Oficina y que lo rellene, según te indico más abajo.
------------
La cuota se calcula aplicando a la base imponible el tipo de gravamen, del 4% en este caso.
La base imponible es el valor real del bien transmitido, aunque la Junta no admitirá un valor un valor inferior al fijado en una Orden Ministerial, que se publica cada año (para actualizar los precios de los vehículos y embarcaciones pues tiene la facultad de comprobar el valor declarado para ajustarlo al «valor real». La Orden ORDEN EHA/4046/2005, de 21 de diciembre, en donde se fija el valor para 2006 (BOE 27/12/2005) es la que te adjunto, convenientemen «capada» (la orden completa ocupa 169 págs.) porque lo que interesa es el precio base del calamar exe comercializado a partir de 2004:
[attachment=56459:attachment]
Y en el Anexo IV te indica como corregir el valor inicial de la tabla, para llegar al «valor mínimo» que la Junta entiende es el «valor real». Se trata, como ves, de aplicar un porcentaje al valor base inicial 23.600 euros, para adecuarlo a la edad o antigüedad del vehículo (17 meses). En este caso el porcentaje, como se aprecia, es del 84% (más de 1 años, hasta 2 años).
Así que 23.600 x 84% = 19.824 euros = base imponible.
Y ahora 19.824 x 4% (tipo de gravamen) = 792,96 euros = cuota tributaria.
--------
Borrador Modelo 620 (datos básicos):
[attachment=56460:attachment]
--------
Edito: es cierto. La Confección del modelo 621 (igual al 620 pero por internet) la puedes hacer On-line a través de este enlace. «Esta opción le permite confeccionar en nuestra Oficina Virtual un modelo válido que podrá imprimir al final del proceso para su presentación personándose en una Delegación Provincial».
Si tienes firma digital puedes también hacer el pago por Internet.
Aquí tienes las instrucciones para la presentación telemática...

Editado por IVTEC36, 01 octubre 2006 - 21:49:42.


#9 petete2

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Escrito 01 octubre 2006 - 21:34:58

Pues mañana me acercaré a la oficina de hacienda a comprar el impreso haber lo que me soplan...
gracias tio!



Este impuesto lo puedes pagar "on line" en el enlace que te ha facilitado Knight. Yo hice una transferencia de un coche y lo pagué asi. Si vas a la calle Albareda perderas 3 horas.

#10 trasto2es

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Escrito 01 octubre 2006 - 21:41:15

Bueno marikona, el tío IVTEC36 te va a dar unas breves nociones de comó se calcula de cuota del «Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados» (ITPAJD), y de paso, le vamos a echar una mano a tu amiguito, rellenándole el modelo (impreso) 620, que necesitará para transferir su calamar usado. Doy por supuesto que ya tenemos cumplimentado y firmado un contrato privado de compraventa (si no te mando un borrador), y que tenemos en nuestro poder los DNIS de adquirente y transmitente, junto con el original del último recibo del «Impuesto (Municipal) sobre Vehículos de Transporte». Total, el asunto se hace en una mañana y te ahorras un dinerillo de Gestoría....
Lo primero es ir a la Oficina de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía (Jaén o Sevilla), para liquidar el ITPAJD. La Junta no tiene este modelo rellenable en soporte informático, pero sí publica un borrador que nos servirá. Que compre el Modelo (620) en la Oficina y que lo rellene, según te indico más abajo.
------------
La cuota se calcula aplicando a la base imponible el tipo de gravamen, del 4% en este caso.
La base imponible es el valor real del bien transmitido, aunque la Junta no admitirá un valor un valor inferior al fijado en una Orden Ministerial, que se publica cada año (para actualizar los precios de los vehículos y embarcaciones pues tiene la facultad de comprobar el valor declarado para ajustarlo al «valor real». La Orden ORDEN EHA/4046/2005, de 21 de diciembre, en donde se fija el valor para 2006 (BOE 27/12/2005) es la que te adjunto, convenientemen «capada» (la orden completa ocupa 169 págs.) porque lo que interesa es el precio base del calamar exe comercializado a partir de 2004:
[attachment=56459:attachment]
Y en el Anexo IV te indica como corregir el valor inicial de la tabla, para llegar al «valor mínimo» que la Junta entiende es el «valor real». Se trata, como ves, de aplicar un porcentaje al valor base inicial 23.600 euros, para adecuarlo a la edad o antigüedad del vehículo (17 meses). En este caso el porcentaje, como se aprecia, es del 84% (más de 1 años, hasta 2 años).
Así que 23.600 x 84% = 19.824 euros = base imponible.
Y ahora 19.824 x 4% (tipo de gravamen) = 792,96 euros = cuota tributaria.
--------
Borrador Modelo 620 (datos básicos):
[attachment=56460:attachment]

:aplauso: :aplauso: :aplauso: :aplauso: Lo has bordao granaino....cualquiera diria que te dedicas a esto profesionalmente :risa: :risa: o academicamente... :risa: :risa: :risa:
De mayor quiero ser como tu :amen: :amen:

#11 VERDOLAGA

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Escrito 01 octubre 2006 - 21:44:12

Ivtec36 te debia una comida... ahora te debo el desayuno... vete prerando que en guadix vas a engordar 10 kilos :lol: :lol:

muchas gracias tio te debo otra mas ;)

#12 Yayo

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Escrito 01 octubre 2006 - 21:53:17

He editado el post para incorporar que, como comenta petete, tu amigo puede hacer la confección del impreso desde tu PC para ir luego a la Delegación (muy cómodo y recomendable) para liquidar, e incluso confeccionar y liquidar el impuesto por vía telemática (aunque creo que para esto último necesita firma digital) y el ingreso habrá de hacerse a través de Entidad Colaboradora (banco o caja).
Mírate las instrucciones. Hace falta la documentación del vehículo (lleva también fotocopias...):
- Permiso de circulación.
- Ficha técnica del vehículo.
- Contrato o documento acreditativo de la transmisión.
- Etiquetas identificativas del comprador y datos identificativos (NIF, domicilio, etc..) del vendedor. Las etiquetas estas te las dan en la Oficina Liquidadora, y si haces la presentación telemática se generan por la una utilidad informática (es necesaria la firma digital).
[attachment=56461:attachment]
---------
Eso eso, una comida....
Buscaremos un putiferio y que me hagan algo rápido.....

De mayor quiero ser como tu :amen: :amen:

Piénsatelo...
follarías poco.....

Editado por IVTEC36, 01 octubre 2006 - 22:05:38.


#13 VERDOLAGA

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Escrito 01 octubre 2006 - 22:30:56

He editado el post para incorporar que, como comenta petete, tu amigo puede hacer la confección del impreso desde tu PC para ir luego a la Delegación (muy cómodo y recomendable) para liquidar, e incluso confeccionar y liquidar el impuesto por vía telemática (aunque creo que para esto último necesita firma digital) y el ingreso habrá de hacerse a través de Entidad Colaboradora (banco o caja).
Mírate las instrucciones. Hace falta la documentación del vehículo (lleva también fotocopias...):
- Permiso de circulación.
- Ficha técnica del vehículo.
- Contrato o documento acreditativo de la transmisión.
- Etiquetas identificativas del comprador y datos identificativos (NIF, domicilio, etc..) del vendedor. Las etiquetas estas te las dan en la Oficina Liquidadora, y si haces la presentación telemática se generan por la una utilidad informática (es necesaria la firma digital).
[attachment=56461:attachment]
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Eso eso, una comida....
Buscaremos un putiferio y que me hagan algo rápido.....
Piénsatelo...
follarías poco.....



estupendo german tomo nota ;)

Piénsatelo...
follarías poco.....

con esto mas matao jajajajajja

#14 MAIDEN

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Escrito 02 octubre 2006 - 00:31:02

Bueno marikona, el tío IVTEC36 te va a dar unas breves nociones de comó se calcula de cuota del «Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados» (ITPAJD), y de paso, le vamos a echar una mano a tu amiguito, rellenándole el modelo (impreso) 620, que necesitará para transferir su calamar usado. Doy por supuesto que ya tenemos cumplimentado y firmado un contrato privado de compraventa (si no te mando un borrador), y que tenemos en nuestro poder los DNIS de adquirente y transmitente, junto con el original del último recibo del «Impuesto (Municipal) sobre Vehículos de Transporte». Total, el asunto se hace en una mañana y te ahorras un dinerillo de Gestoría....
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La cuota se calcula aplicando a la base imponible el tipo de gravamen, del 4% en este caso.
La base imponible es el valor real del bien transmitido, aunque la Junta no admitirá un valor un valor inferior al fijado en una Orden Ministerial, que se publica cada año (para actualizar los precios de los vehículos y embarcaciones pues tiene la facultad de comprobar el valor declarado para ajustarlo al «valor real». La Orden ORDEN EHA/4046/2005, de 21 de diciembre, en donde se fija el valor para 2006 (BOE 27/12/2005) es la que te adjunto, convenientemen «capada» (la orden completa ocupa 169 págs.) porque lo que interesa es el precio base del calamar exe comercializado a partir de 2004:

[attachment=56459:attachment]
Y en el Anexo IV te indica como corregir el valor inicial de la tabla, para llegar al «valor mínimo» que la Junta entiende es el «valor real». Se trata, como ves, de aplicar un porcentaje al valor base inicial 23.600 euros, para adecuarlo a la edad o antigüedad del vehículo (17 meses). En este caso el porcentaje, como se aprecia, es del 84% (más de 1 años, hasta 2 años).
Así que 23.600 x 84% = 19.824 euros = base imponible.
Y ahora 19.824 x 4% (tipo de gravamen) = 792,96 euros = cuota tributaria.
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Borrador Modelo 620 (datos básicos):
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Edito: es cierto. La Confección del modelo 621 (igual al 620 pero por internet) la puedes hacer On-line a través de este enlace. «Esta opción le permite confeccionar en nuestra Oficina Virtual un modelo válido que podrá imprimir al final del proceso para su presentación personándose en una Delegación Provincial».
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nunca dejaras de sorprenderme!!!!!!! en dos palabras.....: in-presionante..... ;)

#15 Betikito

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Escrito 02 octubre 2006 - 00:44:42

Me cago en la p#%@ de oro, un poco más y me lo haces tu todo.
Alaa!!! a un corazoncito to er mundo q pago yo :P
German gracias tio muchas gracias y si Dios quiere en Guadix verás el jacobo

#16 KNIGHT

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Escrito 02 octubre 2006 - 11:58:17

Bueno marikona, el tío IVTEC36 te va a dar unas breves nociones de comó se calcula de cuota del «Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados» (ITPAJD), y de paso, le vamos a echar una mano a tu amiguito, rellenándole el modelo (impreso) 620, que necesitará para transferir su calamar usado. Doy por supuesto que ya tenemos cumplimentado y firmado un contrato privado de compraventa (si no te mando un borrador), y que tenemos en nuestro poder los DNIS de adquirente y transmitente, junto con el original del último recibo del «Impuesto (Municipal) sobre Vehículos de Transporte». Total, el asunto se hace en una mañana y te ahorras un dinerillo de Gestoría....
Lo primero es ir a la Oficina de la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía (Jaén o Sevilla), para liquidar el ITPAJD. La Junta no tiene este modelo rellenable en soporte informático, pero sí publica un borrador que nos servirá. Que compre el Modelo (620) en la Oficina y que lo rellene, según te indico más abajo.
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La cuota se calcula aplicando a la base imponible el tipo de gravamen, del 4% en este caso.
La base imponible es el valor real del bien transmitido, aunque la Junta no admitirá un valor un valor inferior al fijado en una Orden Ministerial, que se publica cada año (para actualizar los precios de los vehículos y embarcaciones pues tiene la facultad de comprobar el valor declarado para ajustarlo al «valor real». La Orden ORDEN EHA/4046/2005, de 21 de diciembre, en donde se fija el valor para 2006 (BOE 27/12/2005) es la que te adjunto, convenientemen «capada» (la orden completa ocupa 169 págs.) porque lo que interesa es el precio base del calamar exe comercializado a partir de 2004:
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Y en el Anexo IV te indica como corregir el valor inicial de la tabla, para llegar al «valor mínimo» que la Junta entiende es el «valor real». Se trata, como ves, de aplicar un porcentaje al valor base inicial 23.600 euros, para adecuarlo a la edad o antigüedad del vehículo (17 meses). En este caso el porcentaje, como se aprecia, es del 84% (más de 1 años, hasta 2 años).
Así que 23.600 x 84% = 19.824 euros = base imponible.
Y ahora 19.824 x 4% (tipo de gravamen) = 792,96 euros = cuota tributaria.
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Aquí tienes las instrucciones para la presentación telemática...

:ok:

#17 JoanSC

JoanSC

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Escrito 03 octubre 2006 - 11:16:32

Yo me encontre con algo parecido. Os cuento, que yo sepa, en catalunya, los concesionarios o casa de compra-venta, estan extentos del pagar los derechos reales en vehiculos de ocasión, por tanto si te lo vende un particular en principio has de pagar los derechos reales por cambio de nombre, si te lo vende un concesionario, ellos se ahoran el cambio de nombre por tanto no te lo deben de cobrar. Se que es una medida que se adopto al menos en catalunya para fomentar la venta de ocasión-

Si eres un particular y compras a un particular, en esta explicación también encontraras la manera de no pagar, pero claro, legal legal no es....

#18 Chalai

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Escrito 05 octubre 2006 - 00:16:00

Muy bueno Granaino. :ok:
Aqui os dejo una direccion , que os puede ayudar al calculo, aunque despues de que Ivtec36 haya hablado(escrito en este caso) ya no hay nada mas que decir. :D

http://es.autozit.com/trans.html

#19 Yayo

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Escrito 05 octubre 2006 - 10:23:51

Muy bueno Granaino. :ok:
Aqui os dejo una direccion , que os puede ayudar al calculo, aunque despues de que Ivtec36 haya hablado(escrito en este caso) ya no hay nada mas que decir. :D

http://es.autozit.com/trans.html

No veo al calamar yo en la página esa....

#20 Chalai

Chalai

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Escrito 05 octubre 2006 - 15:35:56

No veo al calamar yo en la página esa....

Coño, pues es cierto. :blink: La verdad que puse el enlace pero no lo mire :oops: . Bueno sera que si n o lo pone es que el calamar no se puede vender de 2ª mano, je je je :lol: :lol:




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