Navarros...
#1065
Escrito 04 julio 2008 - 15:42:41
Bueno gentes na que he subido unas foticos que he colocao en el foro de presentacines y como ando un poco liao de tiempo pues os pongo el link pa que las veais...son de cuando fui a Tarragona a por la maquina...jeje un saludo nos vemos.
http://clubhondaspir...p;#entry1256414
#1071
Escrito 04 julio 2008 - 17:12:56
La verdad q lo mas seguro q sea el 7ª el q me pille al final, pero no descarto nada, puesto q en breve voy a belgica a pasar unos dias y no se si coger solo villete de ida y volver con algo gordo, jejeje..... No se ya veremos.
mamonetiiii que hacessss jaja a ver si es verdad q te traes algo gordo.... eso si cuando lo traigas avisame pa quedar pa verlo eh
#1073
Escrito 04 julio 2008 - 18:34:46
Tengo una duda, es obligatorio dar garantía a un coche de segunda mano.
Todavía no me ha ingresado la pasta y me está diciendo para firmar un contrato de compraventa y que le dé garantía.
¿Cómo le voy a dar garantía de un coche que tiene 7 años?
Alguno me puede ayudar? gracias
Señor moderador si no puedo preguntar esto aqui no me lo quites vale? para mi no hay mas vida después de este post. Bastante tengo con Igor para encima andar leyendo movidas de coches por mi cuenta. jeejejej que es broma igor, que me entretengo mucho con tus conversaciones...
#1074
Escrito 04 julio 2008 - 18:46:56
El contrato de compra-venta si lo veo normal para el cambio de nombre y tal pero lo de la garantia la verdad que no se de donde lo a sacado.
Lo unico que puede hacer el comprador y salir ganando en caso de que el coche este mal,es que demuestre que el coche tenia un vicio oculto antes de su compra y aun asi le costaria que le dieran la razón...
Como tu coche esta perfecto no tendras ningun problema de ningun tipo.
Suerte,voy a seguir informándome por si a caso.
Agures
#1076
Escrito 04 julio 2008 - 18:58:03
Si la venta se hace bajo gestor y se realiza un contrato de compra-venta, tienes que dar una garantía mínima de 6 meses a 1 año. Todo dependiendo de lo que enuncie el contrato firmado.
En el contrato expresa que el vendedor se COMPROMETE a atender cuaquier defecto y se afirma vender el vehículo en optimas condiciones.
Si luego no es así, puede demandarte.
De todas formas si consigues vender el coche sin contrato por delante, entonces .... hecha la ley hecha la trama, es decir, si te visto no me acuerdo.
también se dice que en 2003 entro en vigo una nueva ley en la que habia que dar garantia de todos los productos que se vendiese,sean nuevo o usados,te dejo algo de mas info:
¿A partir de qué fecha entra en vigor?
La ley ha entrado en vigor en nuestro país el 11 de septiembre de 2003, por lo que los objetos adquiridos antes de esa fecha no quedan amparados por la misma.
¿Qué novedades introduce?
La principal diferencia frente a la legislación anterior radica en el periodo de garantía de los productos y en las obligaciones del vendedor durante el tiempo que dura dicha garantía. Así, para los bienes de consumo nuevos, ésta se amplía de seis meses a dos años, mientras que para los productos de segunda mano, la garantía será de un año. Durante los primeros seis meses de garantía de un producto nuevo se presupone que el daño viene de fábrica y el vendedor debe asumir todos los gastos de la reparación, tanto piezas, traslado, como horas de trabajo. El tiempo de la garantía queda en suspenso durante el tiempo que el producto u objeto esté en reparación.
Aqui lo importante....
¿A quién obliga la Ley?
La Ley obliga a los vendedores de bienes de consumo, por una parte y, a los consumidores como destinatarios finales, por otra. Es decir, quedan excluidos los contratos que se realizan entre particulares, ya que la misma sólo prevé la compra-venta entre un vendedor profesional y un consumidor.
De todas maneras casi todo el mundo dice que no es obligatoria,ahora si el tio te hace firmar un contrato en el que pone X y tu lo firmas como sabras estaras obligada a cumplir si pasa algo y lo pone en el contrato.
Yo me informaría bien,con documentos a poder ser y le diría que lo de la garantía seria con coches a partir del año 2003 y como el tuyo es del 2001 no entraría dentro de esa ley con lo que no deberías darle ninguna garantia.
Editado por ScRaCh, 04 julio 2008 - 19:00:01.
#1077
Escrito 04 julio 2008 - 19:07:52
Lo que yo entiendo es que afecta a las ventas realizadas a partir del 2003 y como es 2008 me afectaría.
pero al final pone que quedan excluidas las ventas entre particulares.
no sé. de todas formas muchas gracias por la información. le preguntaré al bigotes que ellos venden coches de segunda mano.
#1078
Escrito 04 julio 2008 - 19:15:26
Si tienes razón,lo habia entendido mal,pues si que te podria afectar pero sobre todo te "afecta" por que el tio quiere hacerte un contrato y ya sabes,lo que pone en el contrato si se firma hay que cumplirlo.
Lo dificil sera que el tio entre en razón de que no tienes por que ofrecerle garantia,hay pueden venir los "lios".
Suerte Kris con la venta ! ya nos contaras que tal
#1079
Escrito 05 julio 2008 - 09:41:40
- Si una empresa esta registrada oficialmente y vende un vehiculo debe dar garantia de 1 año.
- Pero si es un particular solo se hace cargo de averias que puedan aparecer que sean grandes (motor), en el resto no se hace cargo porque son propias del uso (bateria, ruedas, cambios filtros, aceites...).
-El tio no quiso hacerse cargo, ni aun pagando los costes a medias, asi que le puse una denuncia y el tio mu C@$&# se declaro insolvente...no me jodas...asi que al final me lo comi todo yo.
-Otra cosa el contrato de garantia de compra solo se hace si es empresa un particular no tiene derecho a hacer nada, pero si quiere lo puede hacer, eso si..si tiene una averia y es gorda si que puede reclamarte...pero bueno si llegas a un acuerdo y el le dices que en este caso pagais a medias o llegais a un acuerdo...listo...
Espero haber ayudado o por lo menos aportado algo...un saludo.
Editado por yey, 05 julio 2008 - 09:43:06.
#1080
Escrito 05 julio 2008 - 12:51:24
No creo q traiga nada mas gordo q tu Z, SATELITE!
Eres el que antes tenia un Leon azul no?
jejeje claro tiuuuu el mismoooo, que hace mas q no te veo el pelo por tudela q el copon! para agosto veras al Zeta hacer mas ruido q nunca
por cierto k13... te dire mi experiencia, el contrato de compraventa en realidad no vale ni pa cascarla, osea q legalmente no te puede hacer nada, la garantia es para casa de compra-venta, tu no tienes q dar ni garantia ni hostias y el contrato de compraventa la finalidad mas grande q tiene es poder ir a la gestoria con eso firmado y no tener q estar tu presente obligatoriamente, osease yo compre mi coche en Valencia y baje un sabado a por el. Baje firmamos el contrato de compraventa me entro toda la documentacion fotocopia de DNI y demas.. yo subi a tudela fui a la gestoria con todo y tramitado. Y con mi Ex-Leon lo mismo el chico vino a por el yo le firme el contrato de compraventa y el lo hizo todo en su localidad.... pero a la hora de q le pase algo? estate trankila q no te te puede reclamar nada legalmente, dile que si quiere garantia q se vaya a un concesionario.... pero q no te de reparo firmarle el contrato de compraventa porque no quiere decir q tu le des garantia ninguna. Tengo amigos que trabajan o an trabajado de vendedores en concesionarios de seminuevos... y hable con ellos en su día y es lo q me dijeron.
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