Cadenas de Nieve para CR-V 225/60 R18
#1
Escrito 05 February 2008 - 12:14:21
soy de Madrid, y este finde voy a la sierra a zona nevada, el caso es que me fui a comprar unas cadenas para el CR-V, en mi anterior coche, un Xsara no tuve problemas, llegar y coger, pero he rebuscado y no encuentro para la medida 225/60 R18, y me preocupa comprar unas cadenas y que luego no valgan.
Las que más se acercan son 225/40 R18, pero me da miedo comprarlas por si al estar hechas para menos perfil, no van a llegar.
Las he visto tanto de cadena, como de fibra, como textiles, pero ningúna supera esa medida.
Alguno tenéis cadenas y las habéis puesto?
que Marca son, donde las habéis comprado, que precio tienen?
No uso cadenas a menudo y no me gustaría dejarme una pasta pero tampoco quiere comprar por comprar.
Espero vuestros consejos
Gracias
#2 'fernille'
Escrito 05 February 2008 - 12:16:58
Buenas,
soy de Madrid, y este finde voy a la sierra a zona nevada, el caso es que me fui a comprar unas cadenas para el CR-V, en mi anterior coche, un Xsara no tuve problemas, llegar y coger, pero he rebuscado y no encuentro para la medida 225/60 R18, y me preocupa comprar unas cadenas y que luego no valgan.
Las que más se acercan son 225/40 R18, pero me da miedo comprarlas por si al estar hechas para menos perfil, no van a llegar.
Las he visto tanto de cadena, como de fibra, como textiles, pero ningúna supera esa medida.
Alguno tenéis cadenas y las habéis puesto?
que Marca son, donde las habéis comprado, que precio tienen?
No uso cadenas a menudo y no me gustaría dejarme una pasta pero tampoco quiere comprar por comprar.
Espero vuestros consejos
Gracias
En principio, si tu neumatico es M+S vas a poder ir mejor que con cadenas, a no ser que haya hielo, que directamente ni con cadenas vas seguros...para eso sólo las ruedas de clavos.
#3
Escrito 05 February 2008 - 12:23:35
- las M+S (mud & snow: barro y nieve) son legalmente tan válidas para los puertos de montaña cerrados al uso exclusivo de cadenas como unas cadenas convencionales (sean de hierro o textiles). o sea si te para un guardia, deberías poder pasar sin cadenas aunque te las exija, ya que la ley lo dice así para los neumaticos que montas (el compañero RBEM lleva el artículo impreso para enseñarlo si lo necesita)... eso sí, si el guardia dice que no pasas, no pasas.
- si por si acaso quieres unas, puedes encontrarlas seguramente en textil
- creí leer en el manual que los que vamos con 18 no podemos equipar cadenas
- y como ya te han dicho, tiempre podrías tener unos neumaticos aun mas de todoterreno extremo (clavos para nieve, tacos para barro...)
conclusin: si es por seguridad puedes ir bastante tranquilo. si es por la molestia de que te paren, te llevas el articulo encima como Rbem, o mejor aun, te compras unas cadenas textiles, que no ocupan nada ya que no las utilizarás. si la cosa esta muy mal (hielo) entonces solo unas cadenas de hierro (que machacan el hielo) te sacaran del apuro, pero como te dije creo que no las puedes equipar.
#4
Escrito 05 February 2008 - 12:33:54
#5
Escrito 05 February 2008 - 17:55:45
Pués a ver si RBEM, nos da el enlace del artículo, para imprimirlo, por si acaso...
Por favor que RBEM nos cuelgue un link al articulo para imprimirlo, nos vendría de pura marre
#6
Escrito 05 February 2008 - 22:50:11
#7
Escrito 05 February 2008 - 23:25:04
Buenas,
soy de Madrid, y este finde voy a la sierra a zona nevada, el caso es que me fui a comprar unas cadenas para el CR-V, en mi anterior coche, un Xsara no tuve problemas, llegar y coger, pero he rebuscado y no encuentro para la medida 225/60 R18, y me preocupa comprar unas cadenas y que luego no valgan.
Las que más se acercan son 225/40 R18, pero me da miedo comprarlas por si al estar hechas para menos perfil, no van a llegar.
Las he visto tanto de cadena, como de fibra, como textiles, pero ningúna supera esa medida.
Alguno tenéis cadenas y las habéis puesto?
que Marca son, donde las habéis comprado, que precio tienen?
No uso cadenas a menudo y no me gustaría dejarme una pasta pero tampoco quiere comprar por comprar.
Espero vuestros consejos
Gracias
No te haran falta las cadenas con los neumaticos M+S que llevas , te quedaras asombrado cuando los pruebes en nieve y hielo, ya nos contaras la experiencia. Ahh y con fotos
Saludos
#8
Escrito 06 February 2008 - 02:08:46
Con neumáticos M+S no hay problema, y si los hay, mejor no pasar ni con cadenas.
Es cierto lo que se comenta que en caso de poner deben ser las de tela, a no ser que quieras destrozar los neumáticos.
#9
Escrito 06 February 2008 - 15:34:12
Bueno como me pedia "Tdi" os adjunto el Real Decreto 2822-1998 Reglamento Gral.Vehiculos donde se especifica el apartado del uso de obligatorio o recomendado de cadenas o de dispostivos antideslizantes. Esto se encuentra en el TITULOII, CAPITULOII, Artículo 12, Apartado 5.2. (pág. 10)
Por otro lado en Anexo VII, Apartado 5 (pág. 52), de este mismo Reglamento, se especifica cuales son los dispositivos antideslizantes autorizados. (neumáticos M+S).
Como bien decia "Tdi" yo llevo impresa una copia de estos dos Artículos, puesto que seguramente si existe una restricción al paso sin cadenas, es muy posible que el Agente si detecta que no las llevas te pare y pregunte... Hay que tener en cuenta que ellos tampoco se saben todos los articulos, apartados, anexos, etc... de memoria y generalmente sólo se suele hablar de palabra "cadenas" bien sean metálicas o de tela.
Posiblemente si le enseñamos la hoja del manual donde especifica que los CR-V's con 225/60 R18 no puede montar cadenas y la copia del Reglamento no nos pondrá ningun problema por dejarnos pasar, incluso puede realizar la consulta en su Sala de Control.
Supongo que también queda claro que cualquier vehiculo sea 4x4 o no, si monta neumáticos M+S esta autorizado a circular bajo restricciones de uso obligatorio de cadenas. Desde luego si además circulamos con un vehículo 4x4 tendremos mejor adherencia y seguridad que con uno tracción a un solo eje.
Editado por RBEM, 07 February 2008 - 10:40:38.
#10
Escrito 06 February 2008 - 15:47:35
QTAL, Perdonad por no contestar antes pero no habia visto el hilo... Ahora tengo menos tiempo y no entro tanto en el foro, con lo cual si necesitais algo me ponéis un MP, que me enteraré antes.
Bueno como me pedia "Tdi" os adjunto el Real Decreto 2822-1998 Reglamento Gral.Vehiculos donde se especifica el apartado del uso de obligatorio o recomendado de cadenas o de dispostivos antideslizantes. Esto se encuentra en el Artículo 12, Apartado 5.2.
Por otro lado en Anexo VII, Apartado 5 de este mismo Reglamento, se especifica cuales son los dispositivos antideslizantes autorizados. (neumáticos M+S).
Como bien decia "Tdi" yo llevo impresa una copia de estos dos Artículos, puesto que seguramente si existe una restricción al paso sin cadenas, es muy posible que el Agente si detecta que no las llevas te pare y pregunte... Hay que tener en cuenta que ellos tampoco se saben todos los articulos, apartados, anexos, etc... de memoria y generalmente sólo se suele hablar de palabra "cadenas" bien sean metálicas o de tela.
Posiblemente si le enseñamos la hoja del manual donde especifica que los CR-V's con 225/60 R18 no puede montar cadenas y la copia del Reglamento no nos pondrá ningun problema por dejarnos pasar, incluso puede realizar la consulta en su Sala de Control.
Supongo que también queda claro que cualquier vehiculo sea 4x4 o no, si monta neumáticos M+S esta autorizado a circular bajo restricciones de uso obligatorio de cadenas. Desde luego si además circulamos con un vehículo 4x4 tendremos mejor adherencia y seguridad que con uno tracción a un solo eje.
Hola a tod@s:
no creo necesario llevar en el coche una copia de la reglamentación. En el supuesto que nos encontráramos con tal situación, en Agente encargado de la Circulación y Tráfico conoce perféctamente la legislación. Es prácticamente seguro que sabe muchísimo más que cualquier conductor.
Los Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se saben los artículos de memoria.
Saludos.
#11
Escrito 06 February 2008 - 15:52:09
Respecto a esto, permiteme que te corrija, se saben los articulos cotidianos de memoria, te lo digo porque tengo amigos que pertenecen a Guardia Civil de Tráfico, con toda la familia en la Guardia Civil, así que conozco a unos cuantos y te aseguro que todo no lo saben, mucho si, y nunca viene demás tener el artículo a mano, ya que ante la duda, o que te toque un agente que no ha hecho los deberes, siempre podrás demostrar que ese artículo existe para que el lo consulte con la central.Hola a tod@s:
no creo necesario llevar en el coche una copia de la reglamentación. En el supuesto que nos encontráramos con tal situación, en Agente encargado de la Circulación y Tráfico conoce perféctamente la legislación. Es prácticamente seguro que sabe muchísimo más que cualquier conductor.
Los Agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil se saben los artículos de memoria.
Saludos.
Y por cierto RBEM muchas gracias por colgarlo, haré copia y a la guantera, mejor prevenir que curar, ...
Sl2 a todos
#12
Escrito 06 February 2008 - 15:55:38
#13
Escrito 06 February 2008 - 15:55:43
#14
Escrito 06 February 2008 - 18:45:09
Respecto a esto, permiteme que te corrija, se saben los articulos cotidianos de memoria, te lo digo porque tengo amigos que pertenecen a Guardia Civil de Tráfico, con toda la familia en la Guardia Civil, así que conozco a unos cuantos y te aseguro que todo no lo saben, mucho si, y nunca viene demás tener el artículo a mano, ya que ante la duda, o que te toque un agente que no ha hecho los deberes, siempre podrás demostrar que ese artículo existe para que el lo consulte con la central.
Y por cierto RBEM muchas gracias por colgarlo, haré copia y a la guantera, mejor prevenir que curar, ...
Sl2 a todos
La Central COS, o COTA (en el caso de la Agrupación de Tráfico) no están para informar de la existencia o no de un articulo de un Reglamento. Eso lo tiene que saber el Agente. Pregúntales a tus conocidos Guardias, pero ya te lo digo yo que se de que hablo.
#15
Escrito 06 February 2008 - 19:05:45
...de modo que no me parece desacertado llevar el documento. No debes sentirte ofendido por ello, ElSobrau, que por cierto, por tu modo de hablar, muestras mucho conocimiento del tema (como si fueras uno de ellos o tuvieras cercanía, por parentesco o amistad) y tu defensa de ellos. Si lo eres, no te ofendas ni por Rbem, ni por mi, ni por nadie. Llevar el papel es una opción personal y no es ninguna falta de respeto hacia ellos.
#16
Escrito 07 February 2008 - 10:24:41
La Central COS, o COTA (en el caso de la Agrupación de Tráfico) no están para informar de la existencia o no de un articulo de un Reglamento. Eso lo tiene que saber el Agente. Pregúntales a tus conocidos Guardias, pero ya te lo digo yo que se de que hablo.
No quiero meter cizaña, pero me parece que es dar demasiada confianza a una persona (que es humana) del Cuerpo (de la GC o los MOSSOS en Catalunya), el pensar que se sabrán TODOS los artículos, en concreto éste del que hablamos...
...de modo que no me parece desacertado llevar el documento. No debes sentirte ofendido por ello, ElSobrau, que por cierto, por tu modo de hablar, muestras mucho conocimiento del tema (como si fueras uno de ellos o tuvieras cercanía, por parentesco o amistad) y tu defensa de ellos. Si lo eres, no te ofendas ni por Rbem, ni por mi, ni por nadie. Llevar el papel es una opción personal y no es ninguna falta de respeto hacia ellos.
Haber en el caso de los Mossos de Trànsit, la Sala de Comanament o la RT del Sector estan para algo y una de sus funciones es la de facilitar la información que los Agentes vayan picando a través de los Poket's... (placas, seguros, retiradas de carnet, denuncias pendientes, etc... vamos que si vehículo y el conductor están limpios...).
Con lo cual si en algun momento un Agente tiene alguna duda sobre algún Reglamento lo consultarán al compi, a su Capo, al Sargent… ó a la RT del Sector, y yo si que se de que estoy hablando.
Pero que vamos, vuelvo a decir: 'que vaya discusión mas absurda por un simple papel que lo podemos llevar en la guantera'…
Pues nada el que lo crea oportuno que lo lleve y el que no lo crea así que no lo imprima y punto pelota….
#17
Escrito 07 February 2008 - 10:29:12
Que hojas son las que has imprimido? Dices que llevas 2.
Yo solo encuentro referencia a ello, en el ANEXO VII, el de neumáticos.
#18
Escrito 07 February 2008 - 10:42:11
Por cierto RBEM.
Que hojas son las que has imprimido? Dices que llevas 2.
Yo solo encuentro referencia a ello, en el ANEXO VII, el de neumáticos.
Efectivamente falta el titulo y el capitulo, he vuelto a editar el mensaje, gracias
#19
Escrito 07 February 2008 - 10:43:51
#20
Escrito 08 February 2008 - 16:32:43
La Central COS, o COTA (en el caso de la Agrupación de Tráfico) no están para informar de la existencia o no de un articulo de un Reglamento. Eso lo tiene que saber el Agente. Pregúntales a tus conocidos Guardias, pero ya te lo digo yo que se de que hablo.
Ayer confirme mi teoría, pregunte a un Guardia Civil de Tráfico si mis ruedas M+S eran aptas para circular por un pueto abierto con cadenas y me dijo que no, le alegué lo del articulo y me dijo que no tenía conocimiento, pero que si es así, correcto.
Además le pregunte por la COS o COTA o como se llame, y me dijo que una cosa es la central, y otra preguntar cuando hay dudas al puesto, que para eso tienen una radio, y más artículos, para consultar.
En fin, por mi parte cerrado el tema tras confirmar mi teoría, lo dicho, siempre hay alguno que s"se sobra" en sus declaraciones, ..., y no lo digo para picar, intenta ponerle un guiño ;-) y luego brindemos por quitar los malos pensamientos, .
No al mal rollo, ...
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