- Los vehiculos prioritarios, publicos o privados cuando circulen en servicio de urgencia, y bajo la exclusiva responsabilidad de sus conductores, con la condicion de haberse cerciorado de no poner en peligro a ningun usuario:
-Pueden circular por encima de los limites de velocidad establecios, tanto genericos como especificos,
-Estan exentos de cumplir otras normas y señales, excepto las ordenes y señales de los agentes, que son siempre obligatorias.
Lo dicho, indignante...

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