Ayer iba en el coche con una compañera de trabajo, y conducía ella. Íbamos camino de las oficinas del cliente, y era hora punta, así que había bastante tráfico.
En un momento dado, llegamos a una rotonda, y vi cómo mi compañera tomaba la rotonda por el carril interno, de los tres que tenía. Enseguida me di cuenta de que iba a hacer LA JUGADA.
Por supuesto, cuando llegó la hora de salir, se cruzó dos carriles y salió al carril de más a la izquierda de la vía a la que nos incorporábamos. De paso, un taxi que se cambió al carril central de la rotonda para adelantarnos, casi nos zumba una hostia. Suele pasar.
Como uno es de naturaleza amable y de carácter didáctico, le informé de que acababa de hacer una burrada que prohíbe el código de la circulación. Ella me dijo que su maniobra era correcta, y su postura se resume en los siguientes puntos:
- En una rotonda de varios carriles puedes salir del carril en el que estés incorporándote directamente al carril correspondiente de la vía a la que te incorporas.
- Ella reconoce que los ocupantes de los carriles que te estás cruzando tienen preferencia, y que si no pudiera cruzarse, debe seguir girando (apuesto a que no lo ha hecho ni una vez en su vida).
- También aduce que los ocupantes de la rotonda que vayan a seguir girando, deberían poner el indicador a la izquierda para hacer notar a los demás que no van a salir, y que por lo tanto no es seguro cruzarse delante de ellos.
- Cualquier otra forma de salir de la rotonda supondría un caos circulatorio en hora punta.
Estuvimos discutiendo un rato, pero como no tenía delante la Ley de Seguridad Vial y ninguno se bajaba del burro, decidí esperar para poder consultar los artículos correspondientes (y aquí el mérito es de Antares, Jordi y mi hermano, que me buscaron todas las referencias porque yo andaba ocupado).
Vamos allá, que este es un artículo largo, al viejo estilo

Empecemos por las rectas
Vamos a empezar explicando una cosita sobre las rectas, para luego pasar a las rotondas. Supongamos que tenemos una carretera de dos carriles en el mismo sentido de circulación con una salida en el carril derecho. ¿Cuál de estas dos cosas dirían que es una burrada como la copa de un pino?

Que no se diga que intento influirles con flechas verdes y rojas, ¿eh? Si la pregunta no les queda lo suficientemente clara, pregúntese en cuál de los dos casos la Guardia Civil saldría disparada detrás de ustedes para darles un poco de amor de tricornio en forma de receta. Sean sinceros. No se corten.
Vale, ya estamos en situación. Enseguida verán a dónde quiero llegar.
La difusa legislación
El problema de las rotondas es que nadie las nombra. Ni siquiera la Ley de Seguridad Vial. Me explico, pero antes, si les parece, tengan la Ley a mano, que pueden descargar de la web de la Dirección General de Tráfico. Imagino que estos tíos sabrán de qué hablan (aunque sus cagadas cometen). En lo sucesivo nos referiremos a la Ley como LSV.
Si buscan a fondo en el PDF de la LSV verán que hay muy pocas referencias a las rotondas, que oficialmente se conocen como glorietas. De hecho, solo se las menciona para definir qué son (punto 79 del anexo 1) y para añadir una excepción a la regla de prioridad general («el que sale por la derecha»), que nos dice que en una rotonda, la preferencia la tiene el que se encuentra dentro de la misma (artículo 21.2c, y para todo lo demás, se cumple la norma general 21.2).
Para producir tantas dudas y ser tan importantes, la verdad es que casi no se le dedica atención en la LSV. Y cuando eso pasa, lo que quiere decir es que el comportamiento correcto debe deducirse de otros artículos de la Ley.
Así pues, las preguntas que intentaremos responder, son:
- ¿Es correcto abandonar una rotonda por un carril que no sea el exterior?
- ¿Es correcto circular en una rotonda siempre por el carril exterior?
- ¿Hay que señalizar la permanencia en la rotonda?
Atentos a esto (las negritas son mías):
Circular dentro de rotondas con varios carriles no cambia respecto a hacerlo en una vía rectilínea con varios carriles. El artículo 28 de la Ley de Seguridad Vial, en su apartado 2, indica que toda maniobra de desplazamiento lateral que implique cambio de carril deberá llevarse a efecto respetando la prioridad del que circule por el carril que se pretende ocupar. Además, se deberá seguir la norma expuesta en el artículo 109 del Reglamento General de Circulación, relativa a la indicación luminosa o de otro tipo que el conductor que pretenda realizar tal maniobra debe hacer para advertir al resto de conductores de sus intenciones.
Intentemos responder ahora a la pregunta clave: ¿se puede abandonar la rotonda desde el carril interior?
Respuesta corta: NO.
Respuesta larga: veamos qué es lo que dicen los perroflautas de Mapfre (entiéndase la ironía).
Si la vía por la que se accede a la intersección regulada por rotonda es de dos o más carriles y la rotonda, lógicamente, también es de dos o más carriles, la elección de éste, en función de la dirección a tomar, es fundamental para sacar el máximo provecho de la rotonda.
Así, si pretendemos girar a la derecha o seguir de frente, deberemos situarnos en el carril de la derecha de la vía de acceso y circular también por el carril de la derecha dentro de la rotonda. Por supuesto, se deberá indicar previamente nuestra intención de abandonarla con el intermitente derecho.
Digamos que estamos ante estas situaciones.

El siguiente punto tiene más enjundia. Lean, lean:
Si, por el contrario, pretendemos realizar un giro a la izquierda o un cambio de sentido, deberíamos situarnos en el carril de la izquierda de la vía de acceso a la rotonda y circular por el carril interior de la misma, para posteriormente abandonarlo y pasar al carril exterior, un poco antes de la salida que pretendamos tomar. Lógicamente, todas estas maniobras de cambio de carril se deben realizar con la previa señal luminosa y respetando la preferencia de paso de los vehículos que se hallen circulando por el carril de la derecha.

Aquí deberíamos intentar responder a la segunda pregunta: ¿se puede circular por una rotonda siempre por el carril exterior? En teoría, sí (la Ley no dice que no se pueda), pero no es muy seguro que digamos (sobre todo por los cafres que se saltan la normativa). Así que lo suyo es circular por el interior, y abandonar el carril con antelación suficiente para salir por el carril derecho.
Repitan conmigo: siempre se sale desde el exterior, y hacia el carril derecho. A ver si repitiéndolo como un mantra...
Vamos al siguiente punto:
Es importante recordar que, cuando se está circulando dentro de la rotonda y pretendamos efectuar un cambio de carril para abandonarla, no tenemos ninguna preferencia, pues se aplica el artículo 28, apartado 2, citado anteriormente.
Finalmente, la guinda del pastel:
Si, por las circunstancias del tráfico, no pudiésemos pasar del carril interior al exterior para abandonar la rotonda, deberemos seguir dando vueltas hasta que el tráfico nos permita realizar la maniobra con seguridad y sin entorpecer la circulación.
Claro que sí, con dos cojones. Una rotonda está hecha para agilizar y distribuir el tráfico, pero yo me paro dentro. Claaaaaaro, claaaaaaaro.
QUE TIENEN QUE SEGUIR GIRANDO, COÑO YA.
Siempre hay gente que me dice «ya, pero eso son interpretaciones de la Ley». Claro que sí, como todo. Pero tomen esta interpretación, y tomen los argumentos de los que consideran que en las rotondas todo vale. ¿Tiene sentido cruzarse delante de un coche? ¿Tiene sentido que alguien que circula por el exterior señalice una maniobra inexistente (que no sale de la rotonda)? ¿Puede usted pararse en un carril de la rotonda a esperar a que alguien pase?
Así que lo siento, 99.9% de los conductores españoles: ustedes CIRCULAN MAL EN LAS ROTONDAS. Fíjate tú.
Sentido común
Ahora hablemos del sentido común.
Seguir la Ley supone que estás arriesgándote a que te den una soberana hostia cuando un cretino intente cruzarse. Es así de simple. Tienes razón, pero no es plato del gusto de nadie tener que tragarte un accidente por ello (y eso si tienes suerte y el infractor sabe que la está cagando, porque podría ser un energúmeno que encima cree llevar razón).
Yo siempre, siempre, siempre tomo las rotondas de forma correcta. Hace años me lo propuse y lo cumplo a rajatabla. No es difícil, pero claro, la gente es cómoda y apela a eso de que «es que si no me dan una hostia». Yo todavía no me la he llevado, porque ando con mil ojos y extremo las precauciones. Más de una vez he tenido que frenar en el carril exterior para no comerme a un imbécil que se me cruzaba por delante. Y me niego categóricamente a poner el indicador para decir que voy a seguir en la rotonda, porque, atiendan, NO ME SALE DE LOS COJONES HACER SEMEJANTE MAMARRACHADA PARA QUE OTRO SEPA SI PUEDE O NO INFRINGIR LA LEY CON SEGURIDAD.
Noli siempre me dice que mi postura no es muy práctica, cuando soy una persona profundamente pragmática. Pero qué quieren que le diga. A medida que me hago viejo mi mala leche va fermentando y se hace gran reserva. Cosas que pasan.
J@$~#R, qué a gusto me he quedado.
PS Les voy a dar una bola extra que te cagas. Esta compañera me mandó un artículo intentando argumentar su postura, pero mira tú por dónde, el artículo evolucionó en una serie y al final resulta que el autor ha llegado a las mismas conclusiones que yo

- Circulación en glorietas (1)
- Circulación en glorietas (2)
- Circulación en glorietas (3)
- Circulación en glorietas (4)
PPS A pesar de lo que pudiera parecer, en realidad no nos hemos peleado como perros ni nada parecido. La discusión ha sido muy civilizada. Pero cuando tengo razón, la tengo
