Lo que no entiendes Storm, es que para la Dirección General de Trafico una rotonda no es diferente de una carretera recta con dos carriles para el mismo sentido de la marcha. Y por tanto, la norma básica es circular siempre que sea posible por el carril de la derecha, y solo ocupar el carril izquierdo para adelantar y para cambios de dirección en cruces. Pero no hay ninguna norma de circulación específica sobre rotondas, y se aplica la anterior que te he explicado.
Así que igual que circular por el carril derecho de una calle con dos carriles no te obliga a salir por la derecha al primer cruce, en las rotondas circular por la derecha no obliga a salir por la primera salida que se encuentre.
No van a multar a ningún conductor por circular en rotonda por el carril derecho, sencillamente porque no esta cometiendo ninguna infracción. Si al intentar salir de una rotonda invades el carril derecho y tienes un parte con un vehiculo que circule por el lado exterior de una rotonda, le tocará pagar a tu seguro pues la culpa será tuya por no haberte situado en el carril derecho con suficiente antelación.
Editado por npulsar, 12 abril 2016 - 09:01:28.